24/Ago/05 11:11
Re: operaciones relevantes etc.
[quote:f156c40aeb="coficofiscal"]quien me puede definir que es una operacion relevante, preocupante, inusual, y especial. ([/quote:f156c40aeb]
¿Qué es una Operación [color=blue:f156c40aeb]relevante[/b:f156c40aeb][/color:f156c40aeb]?
La Operación que se realice en Instrumentos Monetarios, por un monto igual o superior al equivalente en moneda nacional a tres mil dólares de los Estados Unidos de América.
¿Cuándo se debe reportar una [color=red:f156c40aeb][b:f156c40aeb]Operación Inusual[/b:f156c40aeb][/color:f156c40aeb]?
En los casos en que la [color=red:f156c40aeb][b:f156c40aeb]actividad, conducta o comportamiento declarada no concuerde con los antecedentes o actividad conocida o declarada por el Cliente[/b:f156c40aeb][/color:f156c40aeb], o [color=green:f156c40aeb][b:f156c40aeb]con su patrón habitual de comportamiento transaccional, en función al monto, frecuencia, tipo o naturaleza de la Operación de que se trate[/b:f156c40aeb][/color:f156c40aeb], [color=blue:f156c40aeb][b:f156c40aeb]sin que exista una justificación razonable para dicho comportamiento[/b:f156c40aeb][/color:f156c40aeb], o bien, aquella que por cualquier otra causa los Sujetos Obligados y/o los Transmisores de Dinero consideren que los recursos pudieran estar destinados a favorecer, prestar ayuda, auxilio o cooperación de cualquier especie para la comisión del delito previsto en el artículo 139 del Código Penal Federal o que pudiesen ubicarse en alguno de los supuestos del artículo 400 Bis del mismo ordenamiento legal, o cuando se considere que los recursos pudieran estar destinados a favorecer, la comisión de los delitos señalados en este párrafo y se cuente con los elementos suficientes para llevar a cabo el reporte.
Qué es una Operación [color=blue:f156c40aeb][b:f156c40aeb]Preocupante[/color:f156c40aeb]?
Cuando la actividad, conducta o comportamiento de los directivos, funcionarios, empleados, factores y apoderados respectivos de los sujetos Obligados que por sus características, pudieran contravenir o vulnerar la aplicación de lo dispuesto en la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y en las Disposiciones de carácter general a que se refiere dicha Ley, o aquella que por cualquier otra causa resulte dubitativa para los Sujetos obligados.
SALUDOS
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'