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22/Ago/05 19:42
Deduccion de deudas en IMPAC

¿Para el calculo del IMPAC pueden considerarse Deudas Deducibles algunos pagos menores a 2,000.00 hechos por un accionista/funcionario/empleado hechos con Tarjeta de Credito Personal?

Deducción de deudas
ARTÍCULO 5o.-Los contribuyentes podrán deducir del valor del activo en el ejercicio, las deudas contratadas con empresas residentes en el país o con establecimientos permanentes
ubicados en México de residentes en el extranjero, siempre que se trate de deudas no
negociables. También podrán deducirse las deudas negociables en tanto no se le
notifique al contribuyente la cesión del crédito correspondiente a dichas deudas a favor
de una empresa de factoraje financiero, y aun cuando no habiéndosele notificado la
cesión el pago de la deuda se efectúe a dicha empresa o a cualquier otra persona no
contribuyente de este impuesto.

Deudas no deducibles
No son deducibles las deudas contratadas con el sistema financiero o con su
intermediación.


En terminos Contables es posible crear el Pasivo/Cuenta por Pagar a favor de las companias cuyo pago fue hecho con la Tarjeta de Credito y despues reembolsarlo al accionista/funcionario/empleado.

Para efectos de IVA se debe considerar como Efectivamente Pagado porque ya fue pagado con una tarjeta de credito. Y en terminos de ISR existen las facturas con las se creo la Cuenta por Pagar.

Nuestra duda es si deben de considerarse Deudas Deducibles porque fueron operaciones con empresas inicialmente, sin embargo como no se ha hecho el pago y quien realmente pago fue accionista/funcionario/empleado se creo una Cuenta por Pagar y despues reembolsado a quien hizo el pago.

¿Cuales son sus opiniones por favor?
 
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Casey
Cabo

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23/Ago/05 9:50

En tu caso creo si puedes disminuirlas de la base de Impact.

Por cierto las deudas contratadas con el sistema financiero, en 2005 si las puedes restar de la base del Impact.

Incluso para pagos prov. de 2005, puedes recalcular la base de impact para disminuir las deudas con el sistema financiero.
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
Teniente Coronel

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23/Ago/05 10:04
Re: Deduccion de deudas en IMPAC

Hola:
Yo opino que si las puedes deducir del calculo.

En primera son gastos cubiertas con tarjetas personales (TC, etc.), por lo que no fueron a cargo de la empresa.

Adicionalmente no creo que el impacto sea muy relevante, no?
 
************ Aquel que nada teme.....ten por seguro que nada sabe¡¡ ************
 
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AlexLopez
Sargento Primero

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23/Ago/05 10:18

[quote:f1d6b3c976="Mem"]En tu caso creo si puedes disminuirlas de la base de Impact.

Por cierto las deudas contratadas con el sistema financiero, en 2005 si las puedes restar de la base del Impact.

Incluso para pagos prov. de 2005, puedes recalcular la base de impact para disminuir las deudas con el sistema financiero.[/quote:f1d6b3c976]

Hola men:

Restar [u:f1d6b3c976]de la base del Impac?[/u:f1d6b3c976]
 

 
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SaúlCastroVázqz
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23/Ago/05 10:31

[quote:02b645583f="SaúlCastroVázqz"][quote:02b645583f="Mem"]En tu caso creo si puedes disminuirlas de la base de Impact.

Por cierto las deudas contratadas con el sistema financiero, en 2005 si las puedes restar de la base del Impact.

Incluso para pagos prov. de 2005, puedes recalcular la base de impact para disminuir las deudas con el sistema financiero.[/quote:02b645583f]

Hola men:

Restar [u:02b645583f]de la base del Impac?[/u:02b645583f][/quote:02b645583f]

[color=green:02b645583f]Perdón me equivoqué[/color:02b645583f]
 

 
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SaúlCastroVázqz
Capitán Primero

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23/Ago/05 14:03
Re: Deduccion de deudas en IMPAC

Algo mas de precision al respecto de las deudas:

Parte son prestamos de un accionista, se depositaron con el procedimiento de depositar un cheque personal del cual se conserva copia para efecto de documentar el prestamo. Estos prestamos fueron hechos hace unos 4-8 anos. ¿Se deben considerar estos prestamos como parte de las deudas?

Otros son gastos pagados por Socios/Funcionarios/Empleados con Tarjeta de Credito a partir del cambio en el IVA a Flujo de Efectivo para que pudieran considerarse Efectivamente Pagados.

Esta es una empresa que casi no tiene operaciones y dependiendo del criterio a aplicar como Deduccion de Deudas en el calculo del IMPAC lo reduciria a cero. Los pagos provisionales de ISR serian cero al ser el ISR mayor que el IMPAC y debido a que el ISR que se pagaria se disminuria con perdidas fiscales. La causa seria la 5. SE DISMINUYERON PERDIDAS FISCALES EN EL PERIODO.

¿Son correctos estos razonamientos?
 
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Casey
Cabo

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