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22/Ago/05 14:11
COMPENSACIONES

PUEDE ALGUIEN EXPLICARME QUE ES:
- COMPENSACION
- AVISO DE COMPENSACION
- DIFERENCIA ENTRE COMPENSAR Y ACREDITAR

SE LOS AGRADECERE, YA QUE ESTOY CONFUNDIDA CON LOS TERMINOS

SALUDOS :(
 
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Charolina
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22/Ago/05 14:26

compensacion es la mecanica establecida en la ley por medio de la cual puedes disminuir de un saldo a tu cargo en determinado periodo un saldo a favor presentado anteriormente ante el sat,

el aviso de compensacion es un documento por medio del cual le avisas a la autoridad que realizaste la compensacion de un saldo a favor en contra de un saldo a cargo

y el acreditamiento lo permiten solo ciertos impuestos el mas comun es el iva se podria explicar asi: tomas un saldo a favor de iva de un periodo anterior y lo aplicas directamente contra el iva a cargo que tengas.

la diferencia entre acreditamiento y compensacion es muy sencillo, en el acreditamiento la autoridad no te permite actualizar el impuesto que aplicas contra el saldo a cargo (o sea que es desfavorable para el contribuyente)

y en la compensacion si se te permite actualizar el impuesto de acuerdo al inpc lo cual es mas favorable para el contribuyente
 
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cp_frank
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22/Ago/05 14:27

compensacion es la mecanica establecida en la ley por medio de la cual puedes disminuir de un saldo a tu cargo en determinado periodo un saldo a favor presentado anteriormente ante el sat,

el aviso de compensacion es un documento por medio del cual le avisas a la autoridad que realizaste la compensacion de un saldo a favor en contra de un saldo a cargo

y el acreditamiento lo permiten solo ciertos impuestos el mas comun es el iva se podria explicar asi: tomas un saldo a favor de iva de un periodo anterior y lo aplicas directamente contra el iva a cargo que tengas.

la diferencia entre acreditamiento y compensacion es muy sencillo, en el acreditamiento la autoridad no te permite actualizar el impuesto que aplicas contra el saldo a cargo (o sea que es desfavorable para el contribuyente)

y en la compensacion si se te permite actualizar el impuesto de acuerdo al inpc lo cual es mas favorable para el contribuyente
 
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cp_frank
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22/Ago/05 14:32

OK, y en el caso de IVA e ISR, debo de presentar el aviso de compensacion al sat?

porque tengo mis dudas en este tema? porque tengo un saldo a favor del 2004 en isr en la declaracion y en el 2005 lo que me salio a cargo le aplique ese saldo a favor
ahora: TENGO que presentar aviso de compensacion de ENERO, FEBRERO.... de los meses en que tome parte de ese saldo??

gracias de new
 
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Charolina
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22/Ago/05 14:37

bueno nada mas un detalle para el caso de acreditamiento de iva no es necesario presentar aviso alguno

ahora para el caso del saldo a favor de isr que aplicaste debiste presentar el aviso de compensacion forma 41 dentro de los 5 dias habiles siguientes a la aplicacion del saldo a favor, si ya se te paso de todas maneras presentalo para que no tengas problemas
 
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cp_frank
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22/Ago/05 14:39

[quote:52abf1c7fe="Charolina"]OK, y en el caso de IVA e ISR, debo de presentar el aviso de compensacion al sat? ......... [color=red:52abf1c7fe]DE ISR , SI[/b:52abf1c7fe][/color:52abf1c7fe]

porque tengo mis dudas en este tema? porque tengo un saldo a favor del 2004 en isr en la declaracion y en el 2005 lo que me salio a cargo le aplique ese saldo a favor
ahora: TENGO que presentar aviso de compensacion de ENERO, FEBRERO.... de los meses en que tome parte de ese saldo??........... [color=blue:52abf1c7fe][b:52abf1c7fe]SI[/color:52abf1c7fe]

gracias de new[/quote:52abf1c7fe]
 
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lobozac
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22/Ago/05 14:40

Efectivamnete debes de presentar avisos de compensacion :

Dic 2004 saldo a favor ...2000

Pago de enero 2005.... 1000.
Menos
Saldo a favor dic ........1000.0
a pagar ...................... 0.

saldo a favor enero 05....1000.

Y asi sucesivamnete.
 
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Mozart
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22/Ago/05 14:55

Y QUE TENGO que presentar junto con la forma?

baje los requisitos del sat, pero no entiendo bien

=(
 
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Charolina
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