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20/Ago/05 14:47
vigencia comprobantes (arrendamiento)

Tengo entendido que los comprobantes fiscales de las personas que tributan bajo el regimen de arrendamiento, no se encuentran sujetos a la vigencia establecida por el código fiscal (2 años), anteriormente lo lei en la resolución miscelanea, pero ahora no recuerdo que regla es, y quiero verificar esto, alguien serían tan amables en ayudarme en decirme cual es o donde la puedo encontrar de antemano gracias
 
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hiram18
Sargento Segundo

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20/Ago/05 14:57

REGLA 2.4.19



SALUDOS
 
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rcportoa
Sargento Primero

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20/Ago/05 15:05
Re: vigencia comprobantes (arrendamiento)

HOLA:


CHECA ESTO:

2.4.19. Para los efectos del artículo 29-A, fracción Vlll y antepenúltimo párrafo del Código:
I. La vigencia de dos años será aplicable únicamente a personas morales que no tributen conforme al Título III de la Ley de ISR y a personas físicas con actividades empresariales y profesionales, excepto aquellas que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas y silvícolas.
II. La numeración de los comprobantes continuará siendo consecutiva, considerando inclusive los comprobantes cancelados al término de su vigencia.
III. Se podrá optar por considerar únicamente el mes y año, como fecha de impresión -sin incluir el día- en el entendido de que el plazo de vigencia se calculará a partir del primer día del mes que se imprima en el comprobante.
 
vipizarro1@hotmail.com
 
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VIVIPI
Subteniente

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22/Ago/05 9:14
Re: vigencia comprobantes (arrendamiento)

gracias saludos
 
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hiram18
Sargento Segundo

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22/Ago/05 10:30

hiram18

Todos coincidimos en que la regla 2.4.19 libera a los arrendadores de la vigencia de 2 años.

El Sat opina lo contrario.
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
Teniente Coronel

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22/Ago/05 10:41

[quote:69ba320957="Mem"]hiram18

Todos coincidimos en que la regla 2.4.19 libera a los arrendadores de la vigencia de 2 años.

El Sat opina lo contrario.[/quote:69ba320957]

y te han dado algun fundamento o algo contrario a los que establece la regla?
 
Nos vemos en groups.msn.com en el grupo de aportaciones fiscales.
 
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pablocastro
Teniente

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22/Ago/05 12:52

[quote:12aa15bbd5="pablocastro"][quote:12aa15bbd5="Mem"]hiram18

Todos coincidimos en que la regla 2.4.19 libera a los arrendadores de la vigencia de 2 años.

El Sat opina lo contrario.[/quote:12aa15bbd5]

y te han dado algun fundamento o algo contrario a los que establece la regla?[/quote:12aa15bbd5]

[color=orange:12aa15bbd5]No me dieron nada, quedaron de enviar un criterio normativo.[/color:12aa15bbd5]
 
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Mem
Teniente Coronel

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