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19/Ago/05 16:18
Ayuda sobre pago complementario

Tengo un problemas en un pago provisional de IEPS a destiempo, el cual pague con actualizaciones y recargos, pero en una declaracion complementaria, no en la normal, la pregunta es, ¿como le hago para convertir ese pago en normal o si existe alguna manera de cambiar ese dato???
 
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VICTORVHPS
Soldado

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19/Ago/05 16:29
Re: Ayuda sobre pago complementario

No, no hay forma de cambiarlo, de todas formas para la autoridad la ultima preesentada es la que vale, te recomiendo presentar una complementaria con los mismos datos y ahora si seria complementaria y para la autoridad seria la final, en caso de alcaración se podria explicar a la autoridad en escrito libre esta situación
 
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cpdan
Capitán Segundo

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19/Ago/05 16:29
Re: Ayuda sobre pago complementario

Vete a la pagina del SAT en declaracion de correccion de datos, no se si esto venga ahi porque no e realizado este tipo de correcciones, pero espero te ayude!
 
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missveronica
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19/Ago/05 16:38
Re: Ayuda sobre pago complementario

Mira:

2.14.3. Para los efectos del artículo 32 del Código, las declaraciones complementarias de pagos provisionales o definitivos, que presenten los contribuyentes a que se refiere este Capítulo, por las correspondientes al ejercicio fiscal de 2004 y subsecuentes, deberán realizarse vía Internet en los supuestos y términos a que se refieren las reglas 2.14.1. o 2.14.2. de esta Resolución, según corresponda.
Cuando los contribuyentes hubieran presentado una declaración con cantidad a pagar y, posteriormente, tengan que presentar una declaración complementaria de pago provisional o definitivo, sin impuesto a pagar ni saldo a favor, por la misma obligación, en lugar de esta declaración, deberán presentar la información a que se refiere el primer párrafo de la regla 2.14.2. de esta Resolución, manifestando el pago efectivamente realizado con anterioridad.
Cuando la declaración o información complementaria sea para corregir errores relativos al RFC, nombre, denominación o razón social, periodo de pago o concepto de impuesto pagado,
se deberá presentar la declaración o información complementaria para corrección de datos que se encuentra contenida en la dirección de Internet del SAT www.sat.gob.mx proporcionando
los datos que se indican en la aplicación electrónica correspondiente[/b:5e9e1403f7]. El SAT enviará a los contribuyentes acuse de recibo utilizando la misma vía, el cual deberá contener el sello digital generado por dicho órgano.
Los datos a que se refiere el párrafo anterior, son los relativos a la identificación
del contribuyente, el tipo de corrección, información relacionada con la declaración anterior,
así como los datos incorrectos y los datos correctos de conformidad al tipo de corrección a efectuar.
[b:5e9e1403f7]Si adicionalmente a los errores antes señalados se tienen que corregir otros conceptos asentados en la declaración o información, se deberá primeramente presentar la declaración
o información de corrección de datos citada y, posteriormente, presentar la declaración o información complementaria que corresponda por los demás conceptos a corregir.
 
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missveronica
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