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17/Ago/05 19:32
hber si estoy bien.

buenas tarde

sigo con lo de mi auditoria
la auditoria me dice que de impuesto son
31824.26
actualizacion 3,550
recargos 16454
multa 24346 ( aqui me hace el 50% si la pago de contado)

ahora ya leyendo la ley segun yo es
31,824.26 por 40% para sacar la multa aceptando el arreglo antes del acta.
igual a 12,729.70 x 50% de reduccion por no rebazar el 1,750.000. menos el 20% si la pago dentro de los 45 dias sigientes a la notificacion.

si procede el 50% de reduccion sobrer la multa esa es mi duda?

gracias
 
trs
 
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TRS
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17/Ago/05 19:35
Re: hber si estoy bien.

Es correcta tu apreciación yo tengo un caso similar y asi lo maneje

Saludos
 
AYALA BARAJAS Y CIA SC msn <a href=""mailto:florencioayala@hotmail.com"">florencioayala@hotmail.com</a>
 
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FLORENCIOAYALA
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17/Ago/05 19:39

[color=blue:265b03b088]Código Fiscal de la Federación [/color:265b03b088]

TITULO CUARTO DE LAS INFRACCIONES Y DELITOS FISCALES
CAPITULO I DE LAS INFRACCIONES

ARTICULO 70. LA APLICACION DE LAS MULTAS, POR INFRACCIONES A LAS DISPOSICIONES FISCALES, SE HARA INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SE EXIJA EL PAGO DE LAS CONTRIBUCIONES RESPECTIVAS Y SUS DEMAS ACCESORIOS, ASI COMO DE LAS PENAS QUE IMPONGAN LAS AUTORIDADES JUDICIALES CUANDO SE INCURRA EN RESPONSABILIDAD PENAL.

LAS MULTAS QUE ESTE CAPITULO ESTABLECE EN POR CIENTOS O EN CANTIDADES DETERMINADAS ENTRE UNA MINIMA Y OTRA MAXIMA, QUE SE DEBAN APLICAR A LOS CONTRIBUYENTES CUYOS INGRESOS EN EL EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR AL EN QUE SE APLICA LA MULTA NO HAYAN EXCEDIDO DE $1,750,000.00, SE CONSIDERARAN REDUCIDAS EN UN 50%, SALVO QUE EN EL PRECEPTO EN QUE SE ESTABLEZCAN SE SEÑALE EXPRESAMENTE UNA MULTA MENOR PARA ESTOS CONTRIBUYENTES.
 
jhiguera Hoy es el mejor día de tu existencia; se feliz.
 
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17/Ago/05 20:01

Art. 76

del 50% al 100% de la contribucion omotida, en los demas casos.
R II del 50% al 100% de las contribuciones omitidas en los demas casos.

si no rebaso los 1,750,000.00 se tomarian el 50% y ya se consideraria en eso la reduccion.

asi seria

gracias
 
trs
 
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TRS
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