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16/Ago/05 15:30
como identificar un beneficio implicito?

Hola que tal.

Veo que aqui a muchos les gusta participar, por lo que quiero exponerles mi inquietud, por ahi entre amigos empezaron a hablar de los beneficios que hay en los impuestos y unos comentaban que la ley trae muchos beneficios escondidos, los definian como implicitos.

¿Ustedes saben como se puede identificarlos?
 
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dragonces
Sargento Segundo

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16/Ago/05 16:15
Re: como identificar un beneficio implicito?

anda la osa!!!!!!, han de trabajar en gobierno tus cuasi!!!!
hay que ver para quien y a que se refieren con esto no crees????
 
c.p. josé antonio mendoza pesquera
 
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jamendoz
Capitán Segundo

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16/Ago/05 16:20

No se si sera sexto sentido o por sentido comun se percibe en un beneficio cuando existe dolo y el deseo de obtener una utilidad mas alla de lo comprensible o facil de explicar de una accion punible a todas luces por fregar a alquien (no soy abogado)
 
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pepinillo
Soldado

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16/Ago/05 17:57
Re: como identificar un beneficio implicito?

Creo se refieren a lagunas que las disposiciones fiscales contienen en muchas ocasiones y de las cuales los contribuyentes pueden aprovechar para su beneficio.

Hay una frase que se menciona algunas veces, como lo es la de:

"Donde la la ley no distingue el contribuyente elige lo que mejor le convega"

Para eso es necesario leer y leer y leer las leyes hasta que las entendamos al 100% y estemos en posibilidad de conocer si hay algún beneficio que se eso se pueda obtener.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
Teniente Coronel

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16/Ago/05 18:10
Re: como identificar un beneficio implicito?

hola

No es otra cosa, que lo que esta escrito en la ley, pero que a traves de conocerla, vas a optar por el camino que va a costar menos impuesto, es como una planeacion fiscal que no significa que vas a cometer delito, faltas o lo que se le parezca sino que vas a aprovechar lo que te esta permitiendo la ley y asi mismo aplicarla. :evil:
 
Todo cambia, Nada es lo mismo de hoy para mañana.
 
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floreshuerta
Teniente

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17/Ago/05 11:11

Investigando por aqui y por haya encontre que hay banaficios explicitos y beneficios implicitos.

Beneficios explicitos serian los que se indican textualmente en ley, por ejemplo, en el art 142 con la deduccion opcional del 35% es un beneficio explicito porque se indica que se puede aplicar esta deducción a cambio de la deducción comprobada.

Beneficio implicito serian aquellas que se pueden identificar aplicando una resolución contraria a lo señalado en ley, es decir, via interpretación a contrario sensu, ejemplo, art 14 fracc I tercer parrafo donde indica que el primer pago provisional se realiza en el segundo ejercicio, por lo tanto en el primer ejercicio no se esta obligado a presentar y determinar pago provisional.

entonces esta de estudiar mucho y leer detenidamente si se quiere conocer los beneficios implicitos de las leyes
 
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dragonces
Sargento Segundo

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17/Ago/05 12:16
Re: como identificar un beneficio implicito?

Sobre eso de la obligatoriedad del uso (o aplicacion) del coeficiente de utilidad, hay un caso muy conocido (al menos para mi), ejemplo:

PM 1er ejercicio irregular, tiene coeficiente altisimo, por lo que en el 2do ejercicio esta obligadisimo a utilizarlo para el calculo de los PP art. 14 que señala textualemente "Tratandose del segundo ejercicio fiscal, el primer pago provisional comprendera el primero, el segundo y el tercer mes del ejercicio, y se considerara el coeficiente de utilidad fiscal del primer ejercicio, aun cuando no hubiera sido de doce meses.[/b:0a7be1ca0e]

Hasta ahi es claro, que al resultar CU en el 1er ejercicio (aun siendo irregular) estaras obligado a autilizarlo en el 2do ejercicio. Pero que pasa en el caso de que en el segundo ejercicio no se tenga (o genere) Coeficiente de Utilidad??????que CU estaras obligado a utilizar en el 3er ejercicio???????

La respuesta (por lo menos para mi), es el siguiente parrafo del mismo articulo:
Cuando en el ultimo ejercicio de doce meses no resulte coeficiente de utilidad conforme a lo dispuesto en estra fracción, se aplicara el correspondiente [b:0a7be1ca0e]al ultimo ejercicio de doce meses por el que se tenga dicho coeficiente, sin que ese ejercicio sea anterior en mas de cinco años a aquel por el que se deban efetuar los pagos provisionales.

Este tema lo toque mas o menos hace casi 2 años en este foro, y hubo opiniones encontradas.

Lo que tu mencionas sobre el 1er ejercicio, no se esta obligado al pago provisional ya que no hay sobre que calcularlo (coeficiente pues)..asi es que ese tema en especifico no puede causar controversia.
 
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BR1
Coronel

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17/Ago/05 12:21

Sobre lo que comentas yo considero que es un error o laguna de ley, dado que no aclara eso porque si bien es cierto que el parrafo que te indico solo aplica al segundo ejercicio, en el tercero cuando quieres utilizar del ultimo ejercicio de doce meses donde resulte coeficiente de utilidad y resulte que este fue del segundo ejercicio donde no se obtuvo CU, no puedes utilizar el CU del primer ejercicio dado que no es de doce meses como lo indica el ultimo parrafo de la fracc del 14.
Todo esto que genera controversia, yo digo que es una laguna de ley
 
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dragonces
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17/Ago/05 12:22
Re: como identificar un beneficio implicito?

Si por ejemplo, recayera en ti decidir sobre un tema similar al caso que comento ¿Utilizarias el CU del ejercicio irregular para los PP de ISR del 3er ejercicio?
 
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BR1
Coronel

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17/Ago/05 12:40

Segun texto del art 14 fracc I, en tercer ejercicio yo no utilizaria CU del ejercicio irregular, porque? pues el tercer parrafo de la frac I señala que para el segundo ejercicio puede aplicar el CU del primer ejercicio, - "aun cuando no hubiere sido de doce meses" - , es decir, el "aun cuando" ya hace mención que se debe de aplicar el CU de un ejercicio de doce meses, pero en el caso del segundo ejercicio puede aplicar uno de ejercicio diferente a doce meses.

Si en el ultimo parr de la fracc I, tambien señalaran - "aun cuando no hubiere sido de doce meses" - la cosa seria diferente y estaria todo claro.

pero mi postura seria no aplicarlo.
 
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dragonces
Sargento Segundo

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