14/Ago/05 20:55
Me embargo hacienda, perdi documentacion
Hola tengo un negocio registrado a nombre de mi hija la cual en Junio cumplio Mayoria de edad (yo me registre como su representante legal), llego una orden de embargo a su nombre, al dia siguiente yo las atendi ya que dejaron citatorio, señale bienes equivalentes 3 veces al valor embargado, se me extravio el acta del embargo y por cuestiones de salud y de dinero no he podido pagar. Hasta que tiempo cuento para solicitar un juego de acta certificada sin que se rematen los bienes y que hacer? por la atencion. Gracias.
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azarana
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15/Ago/05 8:55
Re: Me embargo hacienda, perdi documentacion
[quote:e659e4694e="azarana"]Hola tengo un negocio registrado a nombre de mi hija la cual en Junio cumplio Mayoria de edad (yo me registre como su representante legal), llego una orden de embargo a su nombre, al dia siguiente yo las atendi ya que dejaron citatorio, señale bienes equivalentes 3 veces al valor embargado, se me extravio el acta del embargo y por cuestiones de salud y de dinero no he podido pagar. Hasta que tiempo cuento para solicitar un juego de acta certificada sin que se rematen los bienes y que hacer? por la atencion. Gracias.[/quote:e659e4694e]
El artículo 145 del Código Fiscal de la Federación establece, que las Autoridades Fiscales exigirán el pago de los créditos fiscales que no hubieren sido pagados o garantizados, autorizando a las autoridades a utilizar el PAE.
Ahora bien, toda vez que señalaste bienes para garantizar el interés fiscal, la Autoridad te requerirá los comprobantes que acrediten la propiedad de los mismos y el avaluo correspondiente, en un término que en la práctica se da de 7 a 15 días hábiles.
Por lo que te recomiendo que mejor acudas a la ALR a que pagues el crédito determinado, solicitando los beneficios que señala el Art. 70 del CFF (50%) si es que aplica en tu caso.
Lo considero mas adecuado y al final menos costoso.
SUERTE
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla'
http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm
SALUDOS
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jjfarias
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21/Ago/05 21:24
Re: Me embargo hacienda, perdi documentacion
Muchas, muchisimas gracias por tan grande apoyo. Si funciono. [quote:55402cf3c3="jjfarias"][quote:55402cf3c3="azarana"]Hola tengo un negocio registrado a nombre de mi hija la cual en Junio cumplio Mayoria de edad (yo me registre como su representante legal), llego una orden de embargo a su nombre, al dia siguiente yo las atendi ya que dejaron citatorio, señale bienes equivalentes 3 veces al valor embargado, se me extravio el acta del embargo y por cuestiones de salud y de dinero no he podido pagar. Hasta que tiempo cuento para solicitar un juego de acta certificada sin que se rematen los bienes y que hacer? por la atencion. Gracias.[/quote:55402cf3c3]
El artículo 145 del Código Fiscal de la Federación establece, que las Autoridades Fiscales exigirán el pago de los créditos fiscales que no hubieren sido pagados o garantizados, autorizando a las autoridades a utilizar el PAE.
Ahora bien, toda vez que señalaste bienes para garantizar el interés fiscal, la Autoridad te requerirá los comprobantes que acrediten la propiedad de los mismos y el avaluo correspondiente, en un término que en la práctica se da de 7 a 15 días hábiles.
Por lo que te recomiendo que mejor acudas a la ALR a que pagues el crédito determinado, solicitando los beneficios que señala el Art. 70 del CFF (50%) si es que aplica en tu caso.
Lo considero mas adecuado y al final menos costoso.
SUERTE[/quote:55402cf3c3]
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azarana
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22/Ago/05 8:49
Re: Me embargo hacienda, perdi documentacion
[quote:f561374e3f="azarana"]Muchas, muchisimas gracias por tan grande apoyo. Si funciono. [quote:f561374e3f="jjfarias"][quote:f561374e3f="azarana"]Hola tengo un negocio registrado a nombre de mi hija la cual en Junio cumplio Mayoria de edad (yo me registre como su representante legal), llego una orden de embargo a su nombre, al dia siguiente yo las atendi ya que dejaron citatorio, señale bienes equivalentes 3 veces al valor embargado, se me extravio el acta del embargo y por cuestiones de salud y de dinero no he podido pagar. Hasta que tiempo cuento para solicitar un juego de acta certificada sin que se rematen los bienes y que hacer? por la atencion. Gracias.[/quote:f561374e3f]
El artículo 145 del Código Fiscal de la Federación establece, que las Autoridades Fiscales exigirán el pago de los créditos fiscales que no hubieren sido pagados o garantizados, autorizando a las autoridades a utilizar el PAE.
Ahora bien, toda vez que señalaste bienes para garantizar el interés fiscal, la Autoridad te requerirá los comprobantes que acrediten la propiedad de los mismos y el avaluo correspondiente, en un término que en la práctica se da de 7 a 15 días hábiles.
Por lo que te recomiendo que mejor acudas a la ALR a que pagues el crédito determinado, solicitando los beneficios que señala el Art. 70 del CFF (50%) si es que aplica en tu caso.
Lo considero mas adecuado y al final menos costoso.
SUERTE[/quote:f561374e3f] [/quote:f561374e3f]
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SALUDOS
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jjfarias
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