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11/Ago/05 15:04
¿Puede el RCFF enunciar obligaciones que no enuncia el CFF?

:roll: Hola alguien puede ayudarme?, es que tengo un oficio del SAT y quiero safarme de él diciendo que el fundamento que ellos hicierón del RCFF para reactivarme de mi situación fiscal es ILEGAL, ya que el RCFF no puede ir más allá del CFF. Espero alguien me ayude.[/b]
 
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fisqui
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11/Ago/05 15:10
Re: ¿Puede el RCFF enunciar obligaciones que no enuncia el C

[quote:487a9e4de2="fisqui"]:roll: Hola alguien puede ayudarme?, es que tengo un oficio del SAT y quiero safarme de él diciendo que el fundamento que ellos hicierón del RCFF para reactivarme de mi situación fiscal es ILEGAL, ya que el RCFF no puede ir más allá del CFF. Espero alguien me ayude.[/b][/quote:487a9e4de2]

¿POR QUE NO PLATEAS QUE TE PUSIERON EN EL OFICIO O POR QUE SITUACION TE ESTAN REACTIVANDO?
 
Jorge Lugo
 
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JORGELUGO
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11/Ago/05 15:28
Re: ¿Puede el RCFF enunciar obligaciones que no enuncia el C

tengo un oficio del sat para verificar cumplimiento de obligaciones y me invita a corregir mi situacion fiscal, me piden pagos provisionales de isr, iva, papeles de trabajo, infinidad de cosas que no tengo, pues me suspendi en 1998 de servicios profesionales, pero en 2003 presente declaracion anual 2002 de sueldos y salarios y me avisarón en un oficio anterior al mencionado la reactivacion de mi situacionfiscal ya que habia presentado declaraciones con informacion estadistica con la fecha de la declaracion anual 2002 , y entre otros articulos fundamentan la reactivacion de actividades en un articulo del RCFF 21 F.IV y esa obligacion se fija en el RCFF y no en el CFF, y yo quiero decir que lo que tratan de hacer es ilegal por reiniciarme de actividades de acuerdo al RCFF el cual no debe ir más alla del CFF. Espero me ayuden. gracias
 
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fisqui
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11/Ago/05 15:38
Re: ¿Puede el RCFF enunciar obligaciones que no enuncia el C

YO TUVE UN CASO SIMILAR Y LO RESOLVI ANTES QUE EL SAT PUBLICARA EL SIGUIENTE AVISO, DE LA MISMA FORMA QUE LO PUBLICO.


EL SAT PUBLICO LO SIGUIENTE:


AVISOS AL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES

4. Tratándose de contribuyentes que durante el ejercicio 2002, percibían ingresos por concepto de servicios profesionales y durante ese mismo año presentaron el aviso de suspensión de actividades; en el 2003 se contratan por salarios y sus ingresos en dicho año excedieron de $300,000.00, al estar obligados y presentar la declaración anual del 2003, la autoridad fiscal les reactiva con fecha 1 de enero de 2003 las mismas claves que tenía antes de que presentaran su aviso de suspensión ¿qué deben hacer para regularizar su situación?
Deberán presentar ante la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal el aviso de aumento y disminución de obligaciones correspondiente (aumentar salarios y disminuir honorarios), a través de la forma oficial R-2 “Avisos al Registro Federal de Contribuyentes. Cambio de situación fiscal” con la misma fecha que fue reactivado por la autoridad (1 de enero de 2003), en virtud de que presentaron una declaración periódica y ello los obliga a presentar el aviso de reanudación de actividades.

Opcionalmente, podrán presentar el citado aviso vía Internet, a través de la página del SAT www.sat.gob.mx y proporcionar los datos que se contienen en la aplicación electrónica en línea “RFC por Internet, Avisos e Inscripciones”, para lo cual deberán contar con su Firma Electrónica (FE) antes CIEC.

Fundamento: Artículo 21 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación.
 
Jorge Lugo
 
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JORGELUGO
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11/Ago/05 15:51
Re: ¿Puede el RCFF enunciar obligaciones que no enuncia el C

SI ES SIMILAR A LO QUE ME PASO PERO NO PUEDO AHORA YA QUE NO SE HIZO ESO YA ESTOY A UN PASO DE LA REVISION. Y QUIERO ALEGAR QUE ES ILEGAL QUE EL RCFF EN SU ART.21 OBLIGUE MAS ALLA QUE EL CFF
 
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fisqui
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