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10/Ago/05 15:09
alta persona moral consitituida en 2003

Hola a todos!!! alguien me podria ayudar

En el ejercicio 2003 se constituyo una persona moral y no se han realizado operaciones, se tiene alguna sancion? ya que no se ha dado de alta en el RFC

Gracias
 
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osbaldomtz83
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10/Ago/05 15:15

ANTE NOTARIO ? O SOLO PLATICARON LOS "SOCIOS"
 
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lobozac
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10/Ago/05 16:50
Re: alta persona moral consitituida en 2003

:evil: pues si es una broncota:
la obligación nace en el Art. 27 de CFF

Artículo 27. Las personas morales, así como las personas físicas que deban presentar declaraciones periódicas o que estén obligadas a expedir comprobantes por las actividades que realicen, deberán solicitar su inscripción en el registro federal de contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria, proporcionar la información relacionada con su identidad, su domicilio y en general sobre su situación fiscal, mediante los avisos que se establecen en el Reglamento de este Código. Asimismo, las personas a que se refiere este párrafo estarán obligadas a manifestar al registro federal de contribuyentes su domicilio fiscal; en el caso de cambio de domicilio fiscal, deberán presentar el aviso correspondiente, dentro del mes siguiente al día en que tenga lugar dicho cambio. No se considerará como domicilio fiscal el manifestado en el aviso a que se refiere este párrafo cuando en el mismo no se verifique alguno de los supuestos establecidos en el artículo 10 de este Código

El 15 de RCFF te da el plazo:
La solicitud de inscaripción en el RFC a que se refiere el 27 CFF, debera presentarse dentro del mes siguienye al día en que se efectúen las situaciones que a continuación de señalan:
I. Las PM residentes en México, a partir de que se firme su acta constitutiva.



por otra parte el art 110 de CFF :

ARTÍCULO 110.- Se impondrá sanción de tres meses a tres años de prisión, a quien: :twisted:

I.- Omita solicitar su inscripción o la de un tercero en el Registro Federal de Contribuyentes por más de un año contado a partir de la fecha en que debió hacerlo, a menos que se trate de personas cuya solicitud de inscripción deba ser presentada por otro aún en el caso en que éste no lo haga


quien seria el responsable segun el 26 CFF Fracc. III segundo parrafo.

La persona o personas cualquiera que sea el nombre con que se les designe, que tengan conferida la dirección general, la gerencia general, o la administración única de las personas morales, serán responsables solidarios por las contribuciones causadas o no retenidas por dichas personas morales durante su gestión, así como por las que debieron pagarse o enterarse durante la misma, .......................

Como ves es más dificil de lo que parece y más por que los avisos al RFC solo pueden presentarlos con una antiguedad de 30 días, pero pues aplica el 73 de CFF y hasta donde yo se no aplican tan estricto en el SAT el 110 de CFF, asi que mejor muevete y dalo ya de alta y pues mejor pagar la multa que ir al tambo no, saludos.
 
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edgarivanp
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11/Ago/05 12:59
Re: alta persona moral consitituida en 2003

si es ante notario,

gracias! por su ayuda edgar :)
 
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osbaldomtz83
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11/Ago/05 13:14

Bueno el art 110 CFF esta muy claro, pero aqui no procederia la expontaneidad?
 
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emmalu
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11/Ago/05 13:27
Re: alta persona moral consitituida en 2003

Te platico lo que una vez me paso:

Un dia unas personas que tienen un pozo de agua para fines de riego, tenian que hacer un tramite con CNA, para lo cual necesitaban su Cedula de identificacion fiscal, motivo por el cual me visitaron para que los diera de alta en hacienda.

Estas personas estaban constituidas como una SPR de RI, la habia sido constituida por la REFORMA AGRARIA (no ante notario), estaba inscrita en el Registro Publico de la Propiedad, [color=red:7b70cccb08]!!pero habia sido constituida el 18 de agosto 1985¡¡[/color:7b70cccb08]. :?

Al requisitar el Formato R-1, se puso como fecha de inicio de operaciones el 18 de agosto de 1985, se presentaron las declaraciones pendientes y listo, hasta el dia de hoy no ha tenido problemas.

Atte

CP Vicente Morales :)
 
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CPVICENTEMM
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11/Ago/05 13:44
Re: alta persona moral consitituida en 2003

[quote:2d125093d7="osbaldomtz83"]si es ante notario,

gracias! por su ayuda edgar :)[/quote:2d125093d7]


[color=red:2d125093d7]EN RAZON DE QUE TU PREGUNTA MANEJA ESTO[/b:2d125093d7][/color:2d125093d7]:

Hola a todos!!! alguien me podria ayudar

En el ejercicio 2003 [color=red:2d125093d7][b:2d125093d7]se constituyo [/b:2d125093d7][/color:2d125093d7]una persona moral [color=red:2d125093d7][b:2d125093d7]y no se han realizado operaciones[/b:2d125093d7][/color:2d125093d7], se tiene alguna sancion? [color=red:2d125093d7][b:2d125093d7]ya que no se ha dado de alta en el RFC [/b:2d125093d7][/color:2d125093d7]

NO DEBIERA TENER PROBLEMAS CON HACIENDA, YA QUE LA OPERACION ES "MERAMENTE " CIVIL, DISTE DE ALTA ANTE NOTARIO (CIVIL)............Y NO HAS REALIZADO OPERACIONES ( NO HAS GENERADO NINGUN TIPO DE IMPUESTO ANTE EL SAT, NI OTRA OBLIGACION ANTE CUALQUIER AUTORIDAD)............Y LO IMPORTANTE, NO ESTAS EN EL RFC............ENTONCES ...........[color=red:2d125093d7][b:2d125093d7]NO EXISTES PARA EL SAT[/b:2d125093d7][/color:2d125093d7], ..............EFECTIVAMENTE LO QUE TE MENCIONAN LOS COMPAÑEROS EXISTE, PARA EMPRESAS O FISICAS QUE [color=red:2d125093d7][b:2d125093d7]SI ESTEN EFECTUANDO OPARACIONES[/b:2d125093d7][/color:2d125093d7]



Artículo 27. [color=red:2d125093d7][b:2d125093d7]Las personas morales[/b:2d125093d7][/color:2d125093d7], así como las personas físicas [color=red:2d125093d7][b:2d125093d7]que deban presentar declaraciones periódicas o que estén obligadas a expedir comprobantes [/b:2d125093d7][/color:2d125093d7][size=18:2d125093d7][color=blue:2d125093d7][b:2d125093d7]por las actividades que realicen[/b:2d125093d7][/color:2d125093d7][/size:2d125093d7].................

TU TODAVIA [color=blue:2d125093d7][b:2d125093d7]NO REALIZAS ACTIVIDADES[/b:2d125093d7][/color:2d125093d7]


AHORA BIEN EL CITADO ART. 27 TE PERMITE EN SU ULTIMO PARRAFO:

Artículo 27.- Las personas morales, ............, deberán [color=red:2d125093d7][b:2d125093d7]solicitar [/b:2d125093d7][/color:2d125093d7]su inscripción en el registro federal de contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria...........

La [color=red:2d125093d7][b:2d125093d7]solicitud [/b:2d125093d7][/color:2d125093d7]o los avisos a que se [color=red:2d125093d7][b:2d125093d7]refiere el primer párrafo de este artículo [/b:2d125093d7][/color:2d125093d7]que se [color=green:2d125093d7][b:2d125093d7]presenten en forma extemporánea[/b:2d125093d7][/color:2d125093d7], surtirán [color=blue:2d125093d7][b:2d125093d7]sus efectos a partir de la fecha en que sean presentados[/color:2d125093d7]. ...............................

EN LA MISMA TONICA, CONSIDERO QUE DEBEN HABLAR CON EL NOTARIO, PARA VER SI NO DIO NINGUN AVISO AL SAT AL RESPECTO........Y QUE ELABOREN OTRA ACTA CONSTITUTIVA, O ESA MISMA, ANEXANDO UNA CLAUSULA EXTRAORDINARIA QUE POR X, Y X, Y, X, MOTIVOS NO SE TIENEN OPERACIONES Y NO EXISTIO EL ALTA

ES MI OPINION, ESPEREMOS OTRAS

AHH Y SIENTO QUE NO ES TAN GRAVE

SALUDOS
 
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lobozac
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11/Ago/05 15:26

BUENO QUIZA EL AUTOR DEL TOPICO, YA NO RESPONDA........PERO ME GUSTARIA VER SUS OPINIONES , SI SON TAN AMABLES, SALUDOS
 
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lobozac
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11/Ago/05 19:57

Oye lobozac me salta una duda, el notario publico que realizo la constitución de la empresa, yo creo hizo la declaración informativa de las empresas constituidas ante él del ejercicio del 2004, y siendo esta empresa su constitución en el 2003, no la podria dar de baja en lo interno, y volver a constituirla en el 2005.?
 
LO QUE NO TE MATA TE FORTALECE
 
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cpjosebustos
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