10/Ago/05 13:11
coeficiente cuando se han aplicado pèrdidas??
Compañeros una duda:
2000---utilidad fiscal-----c.u....2479
2001---perdida fiscal
2002---perdida fiscal
2003---utilidad fiscal-----c.u....3616
2004---perdida fiscal
Mi pregunta es si en el 2003 amorticè pèrdidas, tengo que aplicar en el 2005 el coeficiente de utilidad 0.3616?
El siguiente atrìculo habla de dividir la utilidad fiscal entre los ingresos nominales (es decir mi resultado fiscal en 2003 es cero, pero mi utilidad fiscal es mi utilidad sin restar pèrdidas?)
Cual coeficiente aplico en 2005 0.3616?
Saludos
[Artículo 14] [/b:cda6488d15]
Artículo 14. Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, conforme a las bases que a continuación se señalan:
I. Se calculará el coeficiente de utilidad correspondiente al [b:cda6488d15]último ejercicio de doce meses[/b:cda6488d15] por el que se hubiera o debió haberse presentado declaración. Para este efecto, se adicionará la utilidad fiscal o reducirá la pérdida fiscal del ejercicio por el que se calcule el coeficiente, según sea el caso con el importe de la deducción a que se refiere el artículo 220 de esta Ley. [b:cda6488d15]El resultado[/b:cda6488d15] se dividirá entre los [b:cda6488d15]ingresos nominales del mismo ejercicio
"Milli Vanilli"