09/Ago/05 16:48
Re: Su ayuda por favor!
[quote:89db2de3e1="filus"]Estimados Profesionales de esta comunidad:
Les planteo el problema fiscal que tiene mi esposo para escuchar sus diversas opiniones y nos orienten:
Llegó una especie de "invitación" por parte del SAT para que regularice su situación fiscal por 2004 y mitad del 2005.
La verdad sólo tiene las facturas que ha expedido a sus clientes, pero no tiene soporte de parte de sus proveedores porque éstos trabajan en la informalidad y si se acude a los proveedores registrados, éstos dan mas caros los servicios más aparte de cobrar el i.v.a. y entonces nuestros precios ya no se vuelven competitivos y no habría trabajo. De otros gastos sólo tenemos los servicios como teléfono, porque ni auto tenemos, sólo nuestra casa que aún no está escriturada; el márgen de utilidad es como del 30% y el dinero que nos quedaba lo utilizamos en subsistir y pagar préstamos que nos habían hecho.
Mi esposo es intermediario en el ramo de la construcción y alquila máquinas y camiones para limpiar terrenos; pero como repito, muchísima gente trabaja sin dar facturas.
Nuestras preguntas son:
Primero que nada, no hay por que alarmarse, la invitación no cumple con requisitos de legalidad que establece el CFF, por lo que no tiene por que surtir efecto juridico alguno.
[color=darkblue:89db2de3e1]Ahora bien, toma esa "invitación" como una especie de prevención por parte de la Autoridad por lo que trata de regulizar a tu esposo en las cuestiones contables, con el objeto de que en una fiscalización futura puedas tener todo bien sustentado.[/color:89db2de3e1][/b:89db2de3e1]
a).- Debe mi esposo acudir con sus facturas a hacienda ó presenta su suspensión de actividades y se hace el loco con "la famosa invitación"?.
[b:89db2de3e1][color=darkblue:89db2de3e1]No tienes por que llevar las facturas al SAT, toda vez que no te lo estan pidiendo, para eso tendria que realizar fac. de comprobación la Autoridad, y no tienes por que presentar la "suspensión" ya que el debe seguir trabajando como hasta ahora, dudo que sus clientes le vayan a pagar sin mediar comprobante[/color:89db2de3e1][/b:89db2de3e1].
b).- Habrá algún modo de arreglarse con Hacienda?, es decir que nos permita pagar a plazos?.
[b:89db2de3e1][color=darkblue:89db2de3e1]Arreglarse hasta cierto punto, no te estan exigiendo que pagues, sino simplemente que "regularices la situación", por lo que deben acudir con un Contador y que les haga los calculos de pagos de impuestos.
Existe la figura del pago en parcialidades.[/color:89db2de3e1][/b:89db2de3e1]
c).- Irá a la cárcel mi marido por evasor de impuestos?.
[b:89db2de3e1][color=darkblue:89db2de3e1]No puede ir a la carcel, si no existe un perjuicio al fisco, para poder llegar a tal extremo debe allegarse de los elementos necesarios para fincar una responsabilidad penal.[/color:89db2de3e1][/b:89db2de3e1]
d).- Nos embargarán nuestros bienes y casa?.
[b:89db2de3e1][color=darkblue:89db2de3e1]No pueden aplicar un embargo, mientras no exista un crédito fiscal firme o en caso de una visita domiciliaria en los supuestos que señala el Art. 145 del CFF.[/color:89db2de3e1][/b:89db2de3e1]
Les agradezco la generosidad de su tiempo.
Atentamente.
Angustiada.[/quote:89db2de3e1]
[b:89db2de3e1][color=darkblue:89db2de3e1]Por lo anterior solo te aconsejo que acudas de inmediato con un Contador Público a arreglar y regularizar la situación cuanto antes. Es lo mas conveniente.[/color:89db2de3e1]
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla'
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SALUDOS