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09/Ago/05 16:09
PERDIDA DE BENEFICIO DE ESTIMULO PROCEDE ?

la regla 11.9. dice " Presentar durante el mes de marzo del siguiente año, ante la Admon. Local de aisstencia al contribuyente correspondiente a su domicilio fiscal, escrito libre en el que se señale que es sujeto del estimulo fiscal establecido en el presepto citado en el parrafo anterior......."
En dicho escrito se relaciona el numero de unidades, tipo, capacidad, etc.. para poder hacer uso del credito de casetas que se aplico en el ejercicio fiscal del 2004. La pregunta es: si no se presenta en el mes de marzo y se presenta en otro mes, por el simple hecho de no presentarlo en el mes de marzo ya la autoridad te puede quitar ese derecho ??? por la atencion gracias !!!
 
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delavega
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11/Ago/05 9:25
Re: PERDIDA DE BENEFICIO DE ESTIMULO PROCEDE ?

La finalidad de los Estimulos Fiscales es la de otorgar beneficios a los contribuyentes, nunca obligaciones.

El Art. 17 en su fracc. XI en su último párrafo señala que: “Se faculta al SAT para emitir reglas de carácter general que determinen los porcentajes maximos de acreditamiento por tramo carretero y demás disposiciones que considere necesarias para la correcta aplicación de este beneficio.”

Disposciones que de conformidad con el Art. 33 fracc.I inciso g) del CFF las emite a traves de las resoluciones miscelaneas.

Ahora bien si el cumplimiento del estimulo fiscal te lo establece en la RMF para el 2005 en su regla 11.9, el no acatar a lo dispuesto por estas ultimas reglas, [u:57c5199d69]trae como consecuencia el no otorgamiento del estimulo fiscal, por lo que en tu caso no aplicaría dicho beneficio del estimulo.[/u:57c5199d69]

Pero como te dije al principio si el proposito del estimulo fiscal es la de otorgar beneficios, acude a la ALR a presentar el escrito, con el efecto de que puedas obtener una respuesta favorable.

SUERTE
 
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jjfarias
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11/Ago/05 13:10

y en el supuesto de que se presentara y la respuesta sea de que por que no lo presentaste en ese mes ya no puedes aplicar el estimulo, que procede para poder rebatir esa respuesta de la Autoridad.
 
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delavega
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11/Ago/05 15:04

[quote:89494072c5="delavega"]y en el supuesto de que se presentara y la respuesta sea de que por que no lo presentaste en ese mes ya no puedes aplicar el estimulo, que procede para poder rebatir esa respuesta de la Autoridad.[/quote:89494072c5]

Ya seria cuestión de analizar el fondo de la resolución, seria algo complicado.
 
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jjfarias
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