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03/Ago/05 18:42
Declaracion Informativa?

Que tal a todos agradezco su ayuda:


Resulta que estoy actualizando a una persona fisica de arrendamiento desde el año 2002 y me surge la siguiente duda:

En sus pagos provisionales del 2002 hasta la fecha no sale a pagar Isr, ya que las retenciones efectuadas por la Sociedad a la que le renta el bien son mayores al ISR causado.

Debo de presentar todas sus declaraciones informativas por las cual no se raliza el pago desde el 2002 por todos los periodos hasta diciembre de 2003 y en el 2004 solo presentar la de enero y las siguientes no; y la de enero de 2005 y las siguientes no; esto por que no varia el concepto por lo cual no se paga......?

Espero me haya dado a entender; especificamente mi duda radica en que la pagina del sat menciona que a partir de febrero de 2004 no se presentaran las declaraciones informativas cuando sea por el mismo concepto; pero es a partir de esa fecha sin importar el año de las declaraciones que estoy presentando; o especificamente se refiere a las declaraciones que sean a partir de esa fecha. (espero haberme dado a entender de nuevo....)

anexo el aviso que aparece en la pag. del SAT[/b:b09223ac9a]

[b:b09223ac9a]Presentación de declaracion informativa de razones por las cuales no se realiza el pago


A partir de febrero, ¡ya es más fácil que cumpla con sus obligaciones!

Para facilitarle el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de declaracion informativa de razones por las cuales no se realiza el pago ante el SAT, a partir del mes de febrero de 2004, si usted es persona física, ya sea que utilice Internet o la Tarjeta Tributaria, bastará con que presente la primera declaración donde señale el motivo por el que no tiene impuesto a cargo, para que quede relevado de seguir presentándola en los meses siguientes del ejercicio, hasta que tenga saldo a cargo o a favor y el motivo señalado en la declaración de información estadística presentada no varíe.


Esta facilidad no aplica para personas morales, ni para aquellos contribuyentes obligados a presentar pagos definitivos.
 
Jose Manuel Loza R Lic. en C. P. Tepatitlan de Morelos Jal
 
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03/Ago/05 18:46

Estas en lo correcto, pero yo tambien presentaría la de febrero 2004 y la siguiente hasta enero 2005.

Pork la facilidad es apartir de febrero.
 
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