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03/Ago/05 11:32
termino de contrato!!!!!!!!!!!! help me please...

hola amigos....

el dia 29 de julio del presente año se termino el contrato de un trabajador (fue por tres meses), asi que pase con el director de esta empresa para comunicarle que el contrato vencía el 29/07/05, para que él posteriormente me avisara si se hacia el contrato definitivo o se hacía otro por igual numero de meses, o bien dar por terminado el contrato, pero el problema fue que el dir. no me podía resolver porque él ya no queria que siguiera colaborando en ésta empresa, asi que me resuelve hasta el miercoles 03 de agosto del presente año, fecha en la cual se le avisa al trabajador que ya no iba a seguir colaborando en la empresa, se le hace entonces su finiquito (unicamente proporcionales) y se presentan ante la junta de conciliacion para dar por terminada la relacion laboral, pero el trabajador se niega a recibir lo que la empresa le esta proporcionando, porque afirma que no fue término de contrato sino un despido injustificado porque no se le aviso que ya no iba a colaborar mas con nosotros en la fecha en la cual terminaba su contrato.
podemos nosotros defndernos como empresa, tienen algun fundamento o argumento con que ampararnos???
de antemano les agradezco mucho sus comentarios..
 
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bettsy
Sargento Segundo

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03/Ago/05 11:49
Re: termino de contrato!!!!!!!!!!!! help me please...

MIra no tengo el fundamento esperemos un abogado, pero lo que si se, es que; en cuestiones laborales la costumbre crea ley, o sea trabajo el dia 1, 2 y 3, sin que le avisaras o sea es tu empleado, esperemos que dice un abogado.
 
La muerte es inevitable, el progresar no.
 
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corteslce
Capitán Segundo

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03/Ago/05 11:56
Re: termino de contrato!!!!!!!!!!!! help me please...

Por Experiencias Pasadas te Expondre lo Siguiente:

Que los Contratos Temporales no me Han Servido Para Nada, He Tenido Gente Con Contratos Temporales y a la Hora de terminar el Contrato lo Finiquito, No Aceptan Van y me Demandan a Conciliacion y Para Mi Sorpresa, La Misma Gente de la Junta me Suguiere y me Dice que Pues Me Arregle Con el, Yo le Demuestro que Estaba Bajo Contrato, que Ya Termino su Contrato y No me Sirve de Nada, Al Final He Venido Mejor Arreglandome Con el.,........................INJUSTO, Pero Asi Ha Sido.

Por eL Otro Lado, si la Empresa Cuenta Con Los Servicios de Un Abogado de Planta, Es Decir que Por Medio de Iguala te Este Prestando Servicios o Lo Tengas Por Nomina, Adelante si Te Conviene Pelearlo.

En Mi Caso No Tenia Abogado de Planta, El Irme a Pleito Me Salia Casi Lo Mismo o Por Nada Mas Barato que Arreglarme Con el, Asi es que Optaba Por Arreglarme Con el,

Debes de Tener Mucho Cuidado si es Que te Arreglas Con el, En el Sentido de Que Despues Todos Los que Se les Termine Contrato y no se les Renueve te Vayan a Querer Demandar........Por que En Ocaciones Eso Pasa.
 
SONREIR NO CAUSA IMPUESTOS......ASI ES QUE SONRIE ¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡
 
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Moi-6
Subteniente

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03/Ago/05 12:14

Los contratos de prueba no existen, los que son por un tiempo determinado solo son validos si el trabajo lo amerita (como una obra determina), esa es mi opinion, pero como dicen esperemos a un abogado
 
«Antes que cambien los reinos, los hombres deberán cambiar» ═╬═
 
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ByPaco
Teniente Coronel

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03/Ago/05 12:49

Demasiadas veces se ha comentado que para que un contrato por tiempo y obra determinada resulte viable a de definirse en forma precisa "lo que motiva" el contrato.... Mucho me temo que en el caso que nos ocupa no es así... Incluso se indica lo siguiente, "....pero el problema fue que el dir. no me podía resolver porque él ya no queria que siguiera colaborando en ésta empresa..." lo que ubica en un escenario de despido... Pero me sumo a la solicitud de un especialista de los varios que visitan este foro...
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
Teniente Coronel

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03/Ago/05 13:58
Re: termino de contrato!!!!!!!!!!!! help me please...

AQUI LO QUE QUISIERON HACER ES DISFRAZAR UN CONTRATO POR TIEMPO INDEFINIDO.

COMO DICEN LOS COMPAÑEROS ARRIBA, PARA QUE SEA UN CONTRATO POR TIEMPO DETERMINADO LO TIENES QUE TENER BIEN FUNDAMENTADO. (POR EJEMPLO, QUE NADA MAS ENTRO X PERSONA A SUSTITUIR A OTRA MIENTRAS TERMINABA SU INCAPACIDAD, ETC.)

AHORA AL TERMINAR EL TIEMPO Y NO RESOLVERLE AL TRABAJADOR SE CONSIDERA QUE ESE MISMO CONTRATO SE PROLONGA POR TIEMPO INDEFINIDO.

NI MODO A CONVENIR CON EL TRABAJADOR.
 
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PRISI
Sargento Primero

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03/Ago/05 14:49
Re: termino de contrato!!!!!!!!!!!! help me please...

Estoy de acuerdo, los contratos por tiempo determinado no existen, salvo en casos muy específicos y por causas comprobables, los mencionados en al Art 37 LFT salvo la Fracción II es clara, la I y III hay que detallar bien la razón.

En este caso considero fue despido injustificado y no termino de la relación de trabajo por terminación dle contrato.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
Teniente Coronel

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03/Ago/05 15:18
Re: termino de contrato!!!!!!!!!!!! help me please...

Artículo 24
Las condiciones de trabajo deben hacerse constar por escrito cuando no existan contratos colectivos aplicables. Se harán
dos ejemplares, por lo menos, de los cuales quedará uno en poder de cada parte.
Artículo 25
El escrito en que consten las condiciones de trabajo deberá contener:
I. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio del trabajador y del patrón;
II. Si la relación de trabajo es por obra o tiempo determinado o tiempo indeterminado;
III. El servicio o servicios que deban prestarse, los que se determinarán con la mayor precisión posible;
IV. El lugar o los lugares donde debe prestarse el trabajo;
V. La duración de la jornada;
VI. La forma y el monto del salario;
VII. El día y el lugar de pago del salario;
VIII. La indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado en los términos de los planes y programas
establecidos o que se establezcan en la empresa, conforme a lo dispuesto en esta Ley; y
IX. Otras condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones y demás que convengan el trabajador y el
patrón.

de acuerdo a lo anterior tu contrato tiene terminacion.


Artículo 26
La falta del escrito a que se refieren los artículos 24 y 25 no priva al trabajador de los derechos que deriven de las
normas de trabajo y de los servicios prestados, pues se imputará el patrón la falta de esa formalidad.

de acuerdo a el art. anterior esta fundamentado lo que comenta uno de los colegas.....en cuanto a que tu empleado al seguir laborando despues de la terminacion de contrato tiene derechos....


Artículo 31
Los contratos y las relaciones de trabajo obligan a lo expresamente pactado y a las consecuencias que sean conformes a
las normas de trabajo, a la buena fe y a la equidad.

tal vez esto sea el fundamento para que la junta de conciliacion considere a favor de un empleado....

CAPITULO II
Duración de las relaciones de trabajo

Artículo 35
Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado o por tiempo indeterminado. A falta de
estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado.
Artículo 36
El señalamiento de un obra determinada puede únicamente estipularse cuando lo exija su naturaleza.
Artículo 37
El señalamiento de un tiempo determinado puede únicamente estipularse en los caso siguientes:
I. Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar;
II. Cuando tenga por objeto substituir temporalmente a otro trabajador; y
III. En los demás casos previstos por esta Ley.

espero ayudar......
 
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ray70
Subteniente

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03/Ago/05 15:27
Re: termino de contrato!!!!!!!!!!!! help me please...

me temo que tendré que arreglarme con el trabajador para su pago....
les agrdezco mucho sus cometarios compañeros
esperemos mas cometarios.....
 
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bettsy
Sargento Segundo

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03/Ago/05 19:48
Re: termino de contrato!!!!!!!!!!!! help me please...

[quote:3a94944460="bettsy"]...esperemos mas comentarios.....[/quote:3a94944460]
:roll: Buenas noches. ¿Más comentarios? Si Usted quiere...todos le diremos lo mismo: "Que no haga esos tipos de contratos, porque los trabajadores YA se saben el numerito". Saben que cuando se les acaba el famoso contratito y no se los renuevan, YA tienen la planta y a) Negocian con él; o b) Le formalizan el contrato x tiempo indeterminado...

Abusa2, El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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