02/Ago/05 11:45
Que tal buen día.
Me plantean el siguiente caso:
- Se trata de una empresa que otorga el 13% de Fondo de Ahorro a todos los trabajadores de la empresa, la prestación es general para todos los trabajadores y son en partes iguales el % de la empresa y la del trabajador.
-Resulta que ahora, un empleado de esta empresa renuncia de una manera no muy adecuada, y hace el comentario de que en el contrato laboral, no se estipula esta prestación y no quiere pagar la parte que le corresponde poner a la empresa por fondo de ahorro, solo le quiere dar lo que el mismo empleado netamente ahorró.
-Mi pregunta es, aún así, no esté estipulado en el contrato la prestación se ha venido dando a todos los empleados, año con año en uno de los siguientes casos:
- Obien cuando renuncian o son despedidos.
- O en Diciembre.
Plantean esta situación y además, comentan que si un empleado no trabaja todo el año, no se le debe entregar el fondo de ahorro, y también si esta misma persona reingresa después de que se le haya entregado el fondo de ahorro.
La verdad me cuatrapiaron, porque yo estoy en la postura de que para empezar, si no está estipulado en el contrato laboral, no es deducible e igual si la empresa no paga la parte que le corresponde de fondo de ahorro tampoco es deducible.
Please, denme su punto de vista!!!
De antemano muchas gracias....