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29/Jul/05 9:56
Devolusion a un asalariado

Saludos presente la declaracion anual de un contribuyente por salarios pero como no contaba con clabe lo mande en blanco yo sabia que cuando es asalariado no era necesario ontar con dicha clabe pero ya me mandaron un aviso con el que me dicen que la tengo que proporsionar
no se que hacer

una solucion es que el contribuyente tramite una cuenta y me de su clabe y yo presente declaracion complementaria

pero no se si ustedes vean otra solucion

saludos
 
NO IMPORTA QUIEN LE PONGA EN LA M...... AL FISCO EL CHISTE ES PONERSELA enriquecardenasgonzalez@yahoo.com.mx enriquecardenas@prodigy.net.mx enriquecarde@hotmail.com UN CORDIAL SALUDO
 
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enriquecarde
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29/Jul/05 10:15
Re: Devolusion a un asalariado

[quote:04a04f426b="enriquecarde"]Saludos presente la declaracion anual de un contribuyente por salarios pero como no contaba con clabe lo mande en blanco yo sabia que cuando es asalariado no era necesario ontar con dicha clabe pero ya me mandaron un aviso con el que me dicen que la tengo que proporsionar
no se que hacer

una solucion es que el contribuyente tramite una cuenta y me de su clabe y yo presente declaracion complementaria

pero no se si ustedes vean otra solucion

saludos[/quote:04a04f426b]


El Programa de Devoluciones Automáticas del Ejercicio 2004 aplica a las siguientes personas físicas:

a) Que hayan presentado su declaración normal o complementaria del ejercicio fiscal 2004 y que manifiesten saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta.

b) Que la declaración se haya elaborado a través del programa DeclaraSAT o del sistema DeclaraSAT en Línea y presentada por Internet o mediante el formulario 13 y 13-A vigentes para 2005.

c) Que hayan manifestado su cuenta bancaria [color=red:04a04f426b]CLABE, la cual será obligatoria en los siguientes casos:[/b:04a04f426b][/color:04a04f426b]

[color=red:04a04f426b][b:04a04f426b]Cuando obtenga ingresos por actividad empresarial superiores a $1,000,000.00.
Cuando obtenga ingresos distintos a actividades empresariales superiores a $150,000.00.[/b:04a04f426b][/color:04a04f426b]

Tratándose de [color=blue:04a04f426b][b:04a04f426b]contribuyentes con ingresos menores a los señalados[/b:04a04f426b][/color:04a04f426b], [size=18:04a04f426b][color=green:04a04f426b][b:04a04f426b]podrán optar por señalar su cuenta bancaria (CLABE). [/b:04a04f426b][/color:04a04f426b][/size:04a04f426b]
Adicionalmente, le recomendamos tener cuidado en los siguientes puntos:

Haber manifestado saldo a favor mayor a $200.00.

Señalar la opción de devolución, [color=red:04a04f426b][b:04a04f426b]excepto los que únicamente percibieron ingresos por salarios[/b:04a04f426b][/color:04a04f426b].

[color=blue:04a04f426b][b:04a04f426b]En este supuesto se devolverá aún y cuando no se haya marcado esta opción.[/color:04a04f426b]

No tener inconsistencias en su llenado (errores aritméticos y de cálculo) y no presentar errores u omisiones en los datos de identificación.
En caso de que hayan tenido retenciones del Impuesto Sobre la Renta, señalar correctamente el Registro Federal de Contribuyentes de su retenedor.
En caso de relacionar deducciones personales, señalar correctamente el Registro Federal de Contribuyentes de quien expida el comprobante.

Motivos por los cuales se puede negar la devolución




ENTONCES, ES OPCIONAL LA CLABE.......LO DEJASTE EN BLANCO.........TE DEBEN GENERAR EL CHEQUE

HAZLES UN ESCRITO O APERSONATE ANTE EL SAT Y SOLICITALES BAJO ESTOS ARGUMENTOS

SALUDOS





Servicio de Administración Tributaria, México.
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lobozac
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29/Jul/05 11:43

De acuerdo con el General, es optativo, no obligatorio pero pues ya sabes como son los del SAT.

Sugerencia, por ahi debe tener alguna cuenta bancaria ... no creo que guarde su dinero debajo del colchon ... o si? y si es si, pues dinos quien es para caerle jejeje

Mete la devolucion de nuevo y acompañala de un escrito señalando que no estas obligado.

ANONIMO3
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ANONIMO3
Cabo

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29/Jul/05 11:46

Tuve caso similar, y tuve que solicitarlo mediante la forma 32 y para lo cual le expidieron un cheque a nombre del asalariado, mas sin embargo desconozco si esto aun sigue funcionando.

Salu2
 
Gracias a ti por brindarme la oportunidad de servirte.
 
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AGARCOP
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29/Jul/05 11:47
Re: Devolusion a un asalariado

muchas gracias por sus respuestas lobo y anonimo hare eso y bsi en cuanto a la clabe ya le dije a mi cliente que la solicite o que en sus estados de cuenta viene pero ya vez que son medios p....

pero en fin no importa quien le ponga en la m.... a la autoridad el chiste es ponersela por ogts.....
 
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enriquecarde
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29/Jul/05 11:50
Re: Devolusion a un asalariado

Otra pregunta camaradas en el caso de que no tuviera la clabe mi cliente no se puede pensar en que yo le proporsione la mia solo para efectos de que le devuelvas no hay ningun criterio para eso o si o hay algo que diga que debe ser del contribuyente


saludos camaradas

y como lo dije antes no importa quien le ponga en la m.... a la autoridad el chiste es ponersela por ogts.....
 
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enriquecarde
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29/Jul/05 11:54

Nop te van a aceptar la CLABE de otra persona, pues de hecho ahorita cuando solicitas la devolucion via formato te piden copia del estado de cuenta para validarlo, me late que por ahi ya les metieron un gol
 
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ANONIMO3
Cabo

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29/Jul/05 17:30
Re: Devolusion a un asalariado

HOLA

LA AUTORIDAD SE VA A VALER DE CUALQUIER ARGUMENTO PARA NO DEVOLVER EFECTIVO, LO QUE SE TIENE QUE HACER ES SEGUIRLLES LA CORRIENTE, POR LO TPRONTO EL QUE TENGA MAS SALIVA ES EL QUE TRAGA MAS PINOLE.

POR OTRO LADO ES EL MOMENTO QUE HAGAMOS VALER LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PUBLICO.

INCURRE EN RESPONSABILIDAD CUANDO PERJUDIQUE EN SU PATRIMONIO AL CONTRIBUYENTE.

ART. 8 TODOM SERVIDOR PUBLICO TENDRA LAS SIGUIENTESD OBLIGACIONES.

XXIV.-ABSTENERSE DE CUALQUIER ACTO U OMISION QUE IMPLIQUE INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER DISPOSICION LEGAL, REGLAMENTARIA O ADMINISTRATIVA RELACIONADA CON EL SERVICIO PUBLICO.

ART. 13 LAS SANCIONES POR FALTA ADMINISTRATIVA CONSISTIRAN EN:

I.-AMONESTACIONES PRIVADAS O PUBLICAS
II.-SUSPENSION DEL EMPLEO. CARGO O COMISION POR UN PERIODO NO MENOR DE TRES DIAS NI MAYOR AUN AÑO
III.-DESTITUCION DEL PUESTO
IV.-SANCION ECONOMICA


SALUDOTES
 
Todo cambia, Nada es lo mismo de hoy para mañana.
 
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floreshuerta
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29/Jul/05 17:32

ASI ES AL PARECER NO ES OBLIGATORIO PERO NUNCA SE SABE COMO VAN A REACCIONAR NUESTRO SERVIDORES PUBLICOS YA VES COMO SON.
 
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milo55
Sargento Primero

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