30/Jul/05 11:02
Aqui lo que hay que ser enfasis es en el artículo 9 de Ley del Seguro Social, en respecto al Sujeto, Objeto, base de Cotización y Tasa.
No es igual hablando del Sujeto y Objeto:
Una Panadero a Una Industria Panadera
Aun que el Objeto es casi similar, ya que la diferencia es que uno distribuye a mayor escala, a lo mejor el otro tiene un distribución a menor escala y obviamente los ingresos no son iguales.
No puede el Seguro Cambiar a un Mínimo Profesional si este persona apenas podrá tener como mínimo a dos o tres trabajadores.
Eso hay que discutir con el IMSS así habra empresas del mismo giro, pero no todas son de la misma capacidad Economica, obviamente los sueldos varian de una a otra.
Esta es mi humilde opinión y a veces son los artículos que nos pasamos desapercibidos....
Saludos.
JleeGlz
'Si he llegado a ver más lejos que otros, es porque me subí a hombros de gigantes '
Sir ISAAC NEWTON