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25/Jul/05 10:34
requerimiento

buen dia, a mi me notificaron un requerimiento en dia viernes, en eso momento no habia presentado la obligacion, pero se supone que el requerimiento surte efectos hasta el siguiente dia habil, y yo presente la declaracion en sabado, pero para cancelar la multa me solicitan un recurso de revocacion, podrian ayudarme a fundamentar mi recurso?
 
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aaviles2004
Soldado

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25/Jul/05 10:58
Re: requerimiento

[quote:541b27a8e5="aaviles2004"]buen dia, a mi me notificaron un requerimiento en dia viernes, en eso momento no habia presentado la obligacion, pero se supone que el requerimiento surte efectos hasta el siguiente dia habil, y yo presente la declaracion en sabado, pero para cancelar la multa me solicitan un recurso de revocacion, podrian ayudarme a fundamentar mi recurso?[/quote:541b27a8e5]

Si te notificaron el Viernes, como bien lo dices el Art. 135 del CFF establece que las notificaciones surtirán sus efectos al día hábil siguiente al que fueron hechas, por lo que cumpliste con la obligación de manera extemporanea pero espontanea.

Ahora bien, es obvio que esta interpretación no la comparte el SAT, ya que para ellos la presentaste a requerimiento de Autoridad, por lo que te toca combatir la misma a traves de un Recurso Administrativo de Revocación contemplado en el CFF.

Dale una leida a los Art. 116, 117, 120, 121, 122, 123, 134, 135, 137 y 73 del CFF.

SUERTE
 
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla' http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm SALUDOS
 
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jjfarias
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25/Jul/05 11:22
NO ES CUMPLIMIENTO ESPONTANEO!!!

HOLA

Mas bien, yo considero que la autoridad solicita la interposición del Recurso de Revocación por tratarse de un medio de defensa idóneo para controvertir la ilegalidad de la resolución.

Ahora bien, el Código Fiscal de la Federación es muy claro en su artículo 135 al mencionar que las notificaciones personales surten sus efectos al día hábil siguiente; sin embargo, yo considero que podría ser obstáculo a declararse la nulidad de la multa por cumplimiento espontáneo, el artículo 12 del citado Código Tributario, toda vez que éste considera que en los plazos fijados en días, no se contarán los días sábados, por ser éstos inhábiles.

En este orden de ideas, si de conformidad con el último párrafo del citado precepto, la declaración se presentó en día sábado, debe tomarse como presentada el día lunes en un estricto sentido, toda vez que el día en que se dio cumplimiento a la obligación es inhábil, máxime que el artículo 135 también fija un plazo en días para que surta efectos la notificación de los actos de autoridades fiscales; consecuentemente, si hoy también surte sus efectos la notificación del requerimiento del cumplimiento de esa obligación, y considerando que ésta se tiene por cumplimentada el día de hoy, NO SE CONSIDERA UN CUMPLIMIENTO ESPONTANEO.

NOTA: Esta es mi persepectiva como impartidor de justicia. Puedes manejar el cumplimiento espontáneo conforme te lo sugierieron, chance es chicle y pega!!!


Federico Monteagudo
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
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Federico Monteagudo Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa Mëxico, D.F. "Por una justicia fiscal pronta, imparcial, completa y gratuita"
 
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Cabo

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25/Jul/05 20:15
Re: requerimiento

Tu respuesta me parece muy clara y con mucha instruccion. Ojala tengamos la oportunidad de leerte mas seguido.
 

 
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buho
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25/Jul/05 20:20
Re: requerimiento

[quote:64801eebb0="aaviles2004"]buen dia, a mi [color=red:64801eebb0]me notificaron [/b:64801eebb0][/color:64801eebb0]un requerimiento [color=blue:64801eebb0][b:64801eebb0]en dia viernes[/b:64801eebb0][/color:64801eebb0], en eso momento no habia presentado la obligacion, pero se supone que el requerimiento surte efectos hasta el siguiente dia habil, [u:64801eebb0][color=cyan:64801eebb0][b:64801eebb0]y yo presente la declaracion en sabado,[/b:64801eebb0][/color:64801eebb0] [/u:64801eebb0][/quote:64801eebb0]pero para cancelar la multa me solicitan un recurso de revocacion, podrian ayudarme a fundamentar mi recurso?


O SEA TE [color=red:64801eebb0][b:64801eebb0]REQUIEREN EN VIERNES [/b:64801eebb0][/color:64801eebb0]Y TU PRESENTAS [color=blue:64801eebb0][b:64801eebb0]EL LUNES (SABADO[/color:64801eebb0])

"PERDISTE", PROCEDE LA NOTIFICACION A REQUERIMIENTO, YA QUE QUE ELLOS TE REQUIRIERON EN TIEMPO

SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
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lobozac
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25/Jul/05 20:21

SI HUBIERAS (EL HUBIERA ES DE PEN......) PRESENTADO EL MISMO VIERNES.......OTRO GALLO CANTARIA

SALUDOS
 
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lobozac
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