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22/Jul/05 18:51
IVA ACREDITABLE

Buenas tardes a todos:

Tengo una duda.- Si una empresa paga facturas en julio por ejemplo y dichas facturas tienen fechas de meses anteriores el iva si es acreditable?

Lo digo por lo siguiente, un colega me comentó que no se podría acreditar el iva por lo dicho en el Art. 4o. f.IV de la LIVA: "[i:80fec19521]Es requisito para el acreditamiento...Que el iva trasladado...haya sido efectivamente pagado en el mes de que se trate". El se refirió a que "[/i:80fec19521]el mes de que se trate" es el que contiene la factura.

Espero haya sido clara y de antemano les agradezco sus valiosos comentarios.
 
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CLEOPATRA
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22/Jul/05 18:58
Re: IVA ACREDITABLE

[quote:7871ac12cd="CLEOPATRA"]Buenas tardes a todos:

Tengo una duda.- Si una empresa paga facturas en julio por ejemplo y dichas facturas tienen fechas de meses anteriores el iva si es acreditable?

Lo digo por lo siguiente, un colega me comentó que no se podría acreditar el iva por lo dicho en el Art. 4o. f.IV de la LIVA: "[i:7871ac12cd]Es requisito para el acreditamiento...Que el iva trasladado...haya sido efectivamente pagado en el mes de que se trate". El se refirió a que "[/i:7871ac12cd]el mes de que se trate" es el que contiene la factura.

Espero haya sido clara y de antemano les agradezco sus valiosos comentarios.
[/quote:7871ac12cd]

la cita que das del art 4, es para acreditarte el iva del MES, es decir, no te puedes acreditar un iva de algo que no has pagado, ni acreditarte un iva en junio si lo pagaste en mayo, pues le corresponde a mayo.

..........................................
en cuanto a si es o no acreditable, mientras sea pagada en el mismo ejercicio en que se dio el hecho juridico, lo es, si pertenece al ejercicio pasado tendras solo 4 meses entre la fecha de emision y el pago.

checate el art 31, LISR fraccion ? no recuedo, voy de salida es por eso que no lo tengo, creo es la F-IX, por ahi dice.

la onda es: si es deducible para ISR, es acreditable para IVA.

saludos!
 
aprende a perdonar, pues la vida es muy corta y, no vale la pena vivir con el corazon amargado, mas bien haz las paces con aquella persona que quieres y que ahora esta alejada de ti.tu vida cambiara y viviras mas plenamente.saludos!
 
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LEALQUIQUE
Capitán Primero

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22/Jul/05 19:35
Re: IVA ACREDITABLE

uta alejate de inmediato de tu amigo jajajaja es broma


si la factura dice que se expidio en ene 2005 y se pago en julio 2005 el iva es acreditable en julio 2005 en base al flujo de efectivo.
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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22/Jul/05 19:40

Cuatro meses entre la fecha de la factura y el pago aplica cuando:

Brinca de un ejercicio a otro y proviene la compra o el gasto de una persona fisica.

Si el pago es a una persona moral no importa que exceda el plazo de cuatro meses, el iva es acreditable.
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
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23/Jul/05 12:54
Re: IVA ACREDITABLE

Disculpen la tardanza en reiterarles mi agradecimiento a quienes respondieron esta pregunta, me dieron más seguridad para contradecir a mi colega y cabe mencionar que en cuanto a deducibilidad para efectos de isr no había problema alguno.
 
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CLEOPATRA
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24/Jul/05 18:31

[quote:cfd6b0e703="CLEOPATRA"]Disculpen la tardanza en reiterarles mi agradecimiento a quienes respondieron esta pregunta, me dieron más seguridad para contradecir a mi colega y cabe mencionar que en cuanto a deducibilidad para efectos de isr no había problema alguno.[/quote:cfd6b0e703]

En respuesta a ésto, es lo que comentó Mem:

[quote:cfd6b0e703="Mem"]Cuatro meses entre la fecha de la factura y el pago aplica cuando:

Brinca de un ejercicio a otro y proviene la compra o el gasto de una persona fisica.

Si el pago es a una persona moral no importa que exceda el plazo de cuatro meses, el iva es acreditable.[/quote:cfd6b0e703]
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
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