Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
21/Jul/05 19:14
Costo de lo vendido?...

Hola...

Quiero ejercer la opción de acumular el inventario del 31 Dic 2004, pero me informan que el plazo máximo era hasta el 30 de Junio y por lo tanto debería presentarse el pago provisional de Junio 2005 y los complementarios de Enero a Mayo 2005 ( Yo los presenté como se realizaba antes ) con el cálculo provisional de ISR ejerciendo esta opción...


Hablé a 01-800 SHCP y me sugieren que de todos modos los presente lo antes posible y continúe ejerciendo la opción en adelante..

Alguién ha realizado esto ?...

Y en caso de revisón, qué se puede argimentar?...

Gracias...
 
Perfil

miguelfb75
Soldado

Mensajes: 11
Ingresó: Julio 21, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Jul/05 20:52
Re: Costo de lo vendido?...

MIguel:
Primeramente te sugiero que efectues el calculo e importe de los inventarios que vas a acumular en el año 2005, ya que segun algunas corrientes de interpretacion e inclusive las administraciones del SAT el valor de los inventarios que vas a acumular en 2005, tambien forma base para los pagos provisionales (es decir entre 12). Se da el caso de que conforme al calculo te acabas tus perdidas fiscales si las tienes, por lo que primeramente efectua los calculos correspondientes y evalua la situacion de tu empresa. En realidad no hay tal plazo, ya que en la ley no te especifica que esto sea una opcion, sino que es a producto de gallina.
La disposicion miscelanea que habla del plazo a Junio mas bien fue algo como las campanas para ir a misa. Pero la obligacion persiste.
¡Aguado!, por que los malditores del SAT en una revision van a ir con todo.
Saludos
Linoil
 
Perfil

Linoil
Subteniente

Mensajes: 175
Ingresó: Julio 19, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Jul/05 21:18
Re: Costo de lo vendido?...

Gracias por el comentario...

De hecho, ya me machuqué todos los artículos, fracciones, disposiciones, resoluciones, etc... etc.. etc.. y demás complicaciones emitidas por la SHCP para el cálculo del "Inventario acumulable para 2005" y de hecho tienes razón, al "Inventario base" hay que disminuirle las pérdidas fiscales pendientes de amortizar, además de otras cosas por ahí, calcular el índice de rotación, encontrar el rango, etc... etc.. etc..

Y al final, como dices, a la utilidad fiscal del mes para el pago provisional hay que sumarle la doceava parte del porcentaje a acumular en el año según la tabla( disculpa el trabalenguas ) y según el mes Ene=1 doceava parte, Feb=2 doceavas partes, etc...

lo que me deja intranquilo es la RMF del 30 may 2005, ya que DESAFORTUNADAMENTE SI!!! dice lo que me comentaron en el 01-800 SHCP, que si quiero ejercer la opción (ya que según SHCP es opcional) debo de hacerla a más tardar el 30 de Junio 2005 y presentar las complementarias de Ene a May 2005 junto con el pago de Junio 2005...

De hecho, como comentaba, en el mismo 01-800 SHCP me sugirieron que de todos modos ( o sea extemporaneamente!!! ) presentara las complementarias de Enero a Junio 2005 y que siguiera efectuando la "opción"...

Mi duda es, que tan importante es la fecha expuesta en la RMF, y si en alguna visita posterior de verdad se fijaran en eso?... y de ser así que se les puede argumentar?... ó hay sanciones para esto?...

Gracias...
 
Perfil

miguelfb75
Soldado

Mensajes: 11
Ingresó: Julio 21, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
22/Jul/05 10:19

buenos dias miguel:

en mi opinion considero valido lo que te comentaron en el SAT, ya que si bien es la Miscelanea la que te da la fecha limite de acumulacion el 30 de junio, la misma no puede establecer obligaciones a los contribuyentes mas alla que la ley, ya que esta ultima no menciona fecha limite para ejercer la opcion, ni faculta a la miscelanea para establecer las mismas.
...............................................
en cuanto al procedimiento de acuerdo a la LISR y la presentaciion de tus declaraciones, creo que si tienes claro su procedimiento.

saludos!
 
aprende a perdonar, pues la vida es muy corta y, no vale la pena vivir con el corazon amargado, mas bien haz las paces con aquella persona que quieres y que ahora esta alejada de ti.tu vida cambiara y viviras mas plenamente.saludos!
 
Perfil

LEALQUIQUE
Capitán Primero

Mensajes: 699
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1