21/Jul/05 15:15
respecto a las facultades de las Aduanas
SALUDOS A TODOS, las autoridades aduaneras conforme al 152 de la Ley Aduanera emite escrito de hechos u omisiones y da 10 días para desvirtuarlos, se presenta el escrito para desvirtuar los hechos, pero la autoridad nunca emite resolución correspondiente, (a pesar que debe hacerlo antes de 4 meses) pasan 2 años y nuevamente emite escrito de hechos u omisiones, respecto al mismo pedimento y las mismas supuestas irregularidades. Mi pregunta es ¿puede la aduana volver a emitir un escrito respecto a las mismas irregularidades a pesar que se presento un escrito con pruebas y alegatos y en su momento no emitió resolución? GRACIAS POR SU AYUDA