Foros


Inicio » Seguridad Social

Página: 1 2

Mensaje Autor

Arriba
20/Jul/05 18:48
¿Cuanto se paga en el IMSS? Incapacidad por maternidad

Hola compañeros, ojalá me puedan ayudar con esta duda
Un patrón tiene sólo una trabajadora con salario mínimo, dicha trabajadora tiene incapacidad por maternidad, ya hice las modificaciones en el SUA, y no me da cantidad a pagar ¿Es correcto? ¿Debo presentar un aviso por no pagar? Porque al patrón le llegó su hoja de liquidación del IMSS y dice que viene con cantidad a pagar, sin embargo como ya se pasó la fecha lo tenemos que hacer a través de SUA. Les agradeceré mucho su respuesta. :oops:
 
Es peligroso dejarse persuadir antes de haber comprendido Thomas Wilson. No hay preguntas tontas, hay tontos que no preguntan
 
Perfil

lc_lau
Subteniente

Mensajes: 188
Ingresó: Julio 01, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Jul/05 18:54

Ic_auc:

Se paga al 100% sobre el SBC, fundamentos:

Articulo 101 LSS

Saludos

JleeGlz
 
'Si he llegado a ver más lejos que otros, es porque me subí a hombros de gigantes ' Sir ISAAC NEWTON
 
Perfil

jleeglz
Capitán Primero

Mensajes: 709
Ingresó: Abril 05, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Jul/05 18:57

En el caso del SUA no se paga nada de Cuotas Obrero Patronal, excepto por el Ramo de Retiro, en el caso de la Trabajadora por Maternidad el Seguro le pagara el 100% para aclarar.

Articulo
31 LSS fracción IV
 
'Si he llegado a ver más lejos que otros, es porque me subí a hombros de gigantes ' Sir ISAAC NEWTON
 
Perfil

jleeglz
Capitán Primero

Mensajes: 709
Ingresó: Abril 05, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Jul/05 18:58
Re: ¿Cuanto se paga en el IMSS? Incapacidad por maternidad

Gracias, pero en si la pregunta es ¿El patrón tiene que pagarle al IMSS las cuotas obrero patronales? Perdón si no soy me doy a entender al respecto, pero esto del IMSS no es mi fuerte. :cry:
 
Es peligroso dejarse persuadir antes de haber comprendido Thomas Wilson. No hay preguntas tontas, hay tontos que no preguntan
 
Perfil

lc_lau
Subteniente

Mensajes: 188
Ingresó: Julio 01, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Jul/05 18:59
Re: ¿Cuanto se paga en el IMSS? Incapacidad por maternidad

Otra vez gracias, me ganaste a contestar la pregunta. :wink:
 
Es peligroso dejarse persuadir antes de haber comprendido Thomas Wilson. No hay preguntas tontas, hay tontos que no preguntan
 
Perfil

lc_lau
Subteniente

Mensajes: 188
Ingresó: Julio 01, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Jul/05 19:00

Ic_Iau, OK la respuesta a tu pregunta esta expuesta.

Articulo 31 LSS fracción IV,

Saludos :wink: JleeGlz
 
'Si he llegado a ver más lejos que otros, es porque me subí a hombros de gigantes ' Sir ISAAC NEWTON
 
Perfil

jleeglz
Capitán Primero

Mensajes: 709
Ingresó: Abril 05, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Jul/05 19:02

Y lo curioso del IMSS es que en las emisiones del EMA y EBA siendo que el Seguro emite las incapacidades no las considera en su calculo previo de emision anticipada.

Saludos....

Y si te Gane a tu respuesta ... JleeGlz
 
'Si he llegado a ver más lejos que otros, es porque me subí a hombros de gigantes ' Sir ISAAC NEWTON
 
Perfil

jleeglz
Capitán Primero

Mensajes: 709
Ingresó: Abril 05, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Jul/05 19:07
Re: ¿Cuanto se paga en el IMSS? Incapacidad por maternidad

De veras que es la última pregunta (eso espero)
¿Entonces como patrón ¿ya no tengo que hacer nada? es que no he visto las emisiones, espero que sólo venga la de Retiro, pero en caso de que sea por todos los conceptos ¿Tendría que dar algùn aviso al Instituto? 8O
 
Es peligroso dejarse persuadir antes de haber comprendido Thomas Wilson. No hay preguntas tontas, hay tontos que no preguntan
 
Perfil

lc_lau
Subteniente

Mensajes: 188
Ingresó: Julio 01, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Jul/05 9:41

Ic_Iau:[/b:da7cbf4c91]

¿En que sentido dar aviso?, por disminuir tu base por cuestiones de Incidencias como Faltas o Incapacidades, NO, nada mas hay que tener los soportes por si te llega a requerir la autoridad mas adelante ya sea por aclarar diferencias (SIVEPA), auditoria escritorio o Carta Invitación.

Ahora bien si te queda todavia duda deja te transcribo el artículo 31 LSS completo que a la letra dice:

"[b:da7cbf4c91]Artículo 31 LSS[/b:da7cbf4c91]

Cuando por ausencias del trabajador a sus labores no se paguen salarios, pero subsista la relación laboral, la cotización mensual se ajustará a las reglas siguientes:

[b:da7cbf4c91]I.- [/b:da7cbf4c91]Si las ausencias del trabajador son por períodos menores de ocho días consecutivos o interrumpidos, se cotizará y pagará por dichos períodos únicamente en el seguro de enfermedades y maternidad. En estos casos
los patrones deberán presentar la aclaración correspondiente, indicando que se trata de cuotas omitidas por ausentismo y comprobarán la falta de pago de salarios respectivos, mediante la exhibición de las listas de raya
o de las nóminas correspondientes. Para este efecto el número de días de cada mes se obtendrá restando del total de días que contenga el período de cuotas de que se trate, el número de ausencias sin pago de salario correspondiente al mismo período.

Si las ausencias del trabajador son por períodos de ocho días consecutivos o mayores, el patrón quedará liberado del pago de las cuotas obrero patronales, siempre y cuando proceda en los términos del artículo 37;

[b:da7cbf4c91]II.-[/b:da7cbf4c91] En los casos de las fracciones II y III del artículo 30, se seguirán las mismas reglas de la fracción anterior;

[b:da7cbf4c91]III.-[/b:da7cbf4c91] En el caso de ausencias de trabajadores comprendidos en la fracción III del artículo 29, cualquiera que sea la naturaleza del salario que perciban, el reglamento determinará lo procedente conforme al criterio sustentado en las bases anteriores, y

[b:da7cbf4c91]IV.-Tratándose de ausencias amparadas por incapacidades médicas expedidas por el Instituto no será obligatorio cubrir las cuotas obrero patronales, excepto por lo que se refiere al ramo de retiro."
 
'Si he llegado a ver más lejos que otros, es porque me subí a hombros de gigantes ' Sir ISAAC NEWTON
 
Perfil

jleeglz
Capitán Primero

Mensajes: 709
Ingresó: Abril 05, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Jul/05 10:03
Re: ¿Cuanto se paga en el IMSS? Incapacidad por maternidad

Gracias por tomarte el tiempo de contestar a mis preguntas, de hecho se me hace muy amable de tu parte que hasta transcribas el art., (...ya lo había leido, tampoco creas que soy tan floja :? ) l
Lo que sucede es que tengo la preocupación de porque dice el patrón, que sí tiene que pagar, tal vez sea sólo la rama de retiro, pero hasta que no vea que es lo que le están cobrando, voy a estar al pendiente.
Y una vez más resolviste mi duda, entiendo que me amparo con la incapacidad que le dieron a la trabajadora, en caso que el IMSS no tenga registrado dicho movimiento.

INFINITAMENTE GRACIAS :)
 
Es peligroso dejarse persuadir antes de haber comprendido Thomas Wilson. No hay preguntas tontas, hay tontos que no preguntan
 
Perfil

lc_lau
Subteniente

Mensajes: 188
Ingresó: Julio 01, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2