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19/Jul/05 18:11
Contribuciones pagos definitivos (RMF 2.14.2)

Buenas tardes:

Con fundamento en la regla 2.14.2 Los contribuyentes personas físicas que conforme a lo establecido en citada regla estén obligados a presentar información de las razones por las cuales no se efectúa el pago por alguna de sus obligaciones fiscales, [color=darkblue:01d3a200e0]a excepción de aquellas contribuciones que se consideren como pagos definitivos[/color:01d3a200e0] presentarán la primera información señalando las razones por las que no tienen impuesto a cargo, quedando relevados de la obligación de hacerlo en los meses subsecuentes del ejercicio, hasta en tanto no tengan impuesto a cargo o saldo a favor y no varíe la razón señalada en la información presentada con anterioridad.

Pero ¿Qué contribuciones se consideran pagos definitivos (RMF 2.14.2)?

Agradezco de antemano sus atenciones
 
MARLA 'Nadie puede llegar a la cima armado sólo de talento. Dios da el talento; el trabajo transforma el talento en genio', Anna Pavlova. 'Todo lo que claramente imaginamos, ardientemente deseamos, sinceramente creamos y entusiastamente e
 
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MARLA
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19/Jul/05 18:20
Re: Contribuciones pagos definitivos (RMF 2.14.2)

El IVA es un pago definitivo mensual (art. 5 LIVA),
en cuanto a ISR, el pago mensual, es un pago provisional, a cuenta de un impuesto anual

Espero haberte ayudado¡¡¡
 
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Humberto_simon
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19/Jul/05 18:26
Re: Contribuciones pagos definitivos (RMF 2.14.2)

EN MI SIMPLE OPINION

TE DIRIA QUE LAS PF DEL REGIMEN INTERMEDIO A ACT EMPRESARIAL
EL ISR SON PAGOS PROV. Y EL IVA LOS CONTADORES LOS CONSIDERAN COMO PAGOS DEFINITIVOS, PERO LA LEY NO MENCIONA QUE LO SEA Y POR TANTO LO TOMARIAS COMO PAGOS PROV.

PEQUEÑOS CONT, HACE PAGO DE ISR E IVA DEFINITIVOS

ESPERO HABERTE AYUDADO

SALUDOS DE COZUMEL
 
Raúl Alejos Ojeda
 
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RaúlAlejos
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19/Jul/05 18:32

Pagos definitivos el IVA e IEPS y !! claro que por ley son definitivos !!..............
 
Hay quienes nacen con la oportunidad de tener exito mediante el trabajo pero habemos poco con el don magico de lograrlo..........Mp
 
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Mozart
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19/Jul/05 19:23
Re: Contribuciones pagos definitivos (RMF 2.14.2)

En estricto sentido IVA no es definitivo ya que la ley no lo define asi expresamente, en LIEPS e ISR pequeños contribuyentes sí dice que tendran el caracter de definitivos
 
Es tan vana la esperanza de que se llegará sin trabajo y sin molestia a la posesión del saber y la experiencia, cuya unión produce la sabiduría, como contar con una cosecha donde no se ha sembrado ningún grano.
 
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cp_enrique
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19/Jul/05 20:23
Re: Contribuciones pagos definitivos (RMF 2.14.2)

Les comento que en el 01800904500 me indican que bajo el supuesto que señala la regla 2.14.2, queda relevado de presentar declaración informativa de ISR IVA (cero a pagar por las mismas razones), pero la que si se debe continuar presentando ISR retencion sueldos.

Muchas gracias por sus aportaciones.
 
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