19/Jul/05 16:42
Infraestructura carretera en transportistas
Buena Tarde señores foristas:
Si en 2004 mediante la LIF se otorgaba estimulos a las personas fisicas que tuvieran como actividad la transportacion terrestre de bienes, significa que aparte de lo que haya pagado de cuotas voy a poder acreditar un 50% adicional es decir el 150%?, o por el contrario, solo voy a poder deducir el 50% de mis erogaciones por concepto de Peajes?
Por otro lado:
Puede un regimen intermedio deducir salarios aun cuando no tenga dados de alta en el imss a trabajador alguno?.
"Soy hombre, por tanto nada de lo humano me es Ajeno"
Terencio