Foros


Inicio » Seguridad Social

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
16/Jul/05 9:45
¿Se puede disminuir el salario base cotización ?

Hola muy buenos días coelgas

Tengo una consulta, espero me puedan ayudar.

En el despacho donde trabajo me están pidiendo que disminuya el salario base de cotización de un trabajador, de $70.00 a $44.05, es decir a salario mínimo del área C; según por que ya no realiza todas las actividades que antes realizaba. Mi jefe dice que si se puede pero no me dice el fundamento legal.

¿Es posible realizar este movimiento, y de ser así en qué artículos encuentro los fundamentos?

Gracias por su ayuda y que tengan un excelente fin de semana.
 
Perfil

KRAKEN
Sargento Segundo

Mensajes: 70
Ingresó: Mayo 26, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
16/Jul/05 10:03

Usted como patrón puede pagar a su trabajador el salario que quiera, obviamente si el trabajador está de acuerdo en esta disminución.

Lo único es que hay que comprobar que realmente percibirá el salario mínimo.

(Me suena como que la intención es solo pagar menos impuestos)
 
Joel.
 
Perfil

JOELMORA
Teniente

Mensajes: 235
Ingresó: Mayo 26, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
16/Jul/05 10:27
Re: ¿Se puede disminuir el salario base cotización ?

Buen día:
Este tema ya se ha tratado en tópicos anteriores:

Existiendo una causa de carácter económica que justifique la citada reducción salarial, sería factible llevarla a cabo siempre y cuando se celebre un convenio con el trabajador ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, a efecto de que esta autoridad lo revise y apruebe en cuanto a no contener cláusula contraria al derecho, en términos de los artículos 33 y 57 de la Ley Laboral.

Articulo 33. es nula la renuncia que los trabajadores hagan de los salarios devengados, de las indemnizaciones y demás prestaciones que deriven de los servicios prestados, cualquiera que sea la forma o denominación que se le de.

Todo convenio o liquidación, para ser valido, deberá hacerse por escrito y contener una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven y de los derechos comprendidos en el. será ratificado ante la junta de conciliación y arbitraje, la que lo aprobara siempre que no contenga renuncia de los derechos de los trabajadores.

Articulo 57. el trabajador podrá solicitar de la junta de conciliación y arbitraje la modificación de las condiciones de trabajo, cuando el salario no sea remunerador o sea excesiva la jornada de trabajo o concurran circunstancias económicas que la justifiquen.

El patrón podrá solicitar la modificación cuando ocurran circunstancias económicas que la justifiquen.

De realizar la reducción salarial bajo estos lineamientos legales, se eliminaría cualquier posibilidad de que su trabajador pudiesen demandar ante las autoridades laborales la rescisión de la relación laboral, en términos del artículo 51, fracción IV del citado ordenamiento.
 

 
Perfil

a_cano
Teniente Coronel

Mensajes: 2294
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
16/Jul/05 11:45
Re: ¿Se puede disminuir el salario base cotización ?

Muchísimas gracias, me han ayudado muchísimo y me dieron información que utilidad.

Espero pronto devolver el favor en otra consulta

Buen día a todos
 
Perfil

KRAKEN
Sargento Segundo

Mensajes: 70
Ingresó: Mayo 26, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1