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Arriba
13/Jul/05 10:26
QUE PASA ?

BUENOS DIA A TODO EL MUNDO

TENGO UNA DUDA

QUE PASA SI CUANDO DE PERSONA FISICA A PERSONA FISICA, UNA LE PRESTA A OTRA UN SERVICIO POR FLETE, LE TENDRIA QUE RETENER EL 4% DEL IVA ACREDITABLE?

SALUDOS Y GRACIAS POR SU TIEMPO :twisted:
 
Todo cambia, Nada es lo mismo de hoy para mañana.
 
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floreshuerta
Teniente

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13/Jul/05 10:36
Re: QUE PASA ?

Hola:

No le puede retener el 4% de IVA ya que no hay retencion de P. Fisica a P. Fisca.
 
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mir100
Capitán Primero

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13/Jul/05 10:45
Re: QUE PASA ?

Solo estan obligados a retener por ese tipo de servicios las personas morales.

Artículo 1o.-A.- Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

II. Sean personas morales que:

c) Reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes, prestados por personas físicas o morales.

Las personas fisicas solo estan obligadas a la retencion en casos de adquisiciones o arrendamientos pagados a residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el pais, segun la fraccion III del mismo articulo

Saludos!!!
 
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alexbarrera1
Sargento Primero

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13/Jul/05 10:47
Re: QUE PASA ?

La razón primordial es que en el artículo 1A fracción II inciso c de la Ley del IVA se establece como una obligación de las personas morales, ya que si existe un caso en que una persona física està obligada a retener el IVA a otra persona física
 
TODOS LOS DIAS SE APRENDE ALGO NUEVO SEAMOS RECEPTIVOS
 
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jesusacf5
Soldado

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13/Jul/05 11:33
Re: QUE PASA ?

[quote:de5e438f48="jesusacf5"]La razón primordial es que en el artículo 1A fracción II inciso c de la Ley del IVA se establece como una obligación de las personas morales, [color=red:de5e438f48]ya que si existe un caso en que una persona física està obligada a retener el IVA a otra persona física[/b:de5e438f48][/color:de5e438f48][/quote:de5e438f48]....................[color=blue:de5e438f48][b:de5e438f48]cual es ese caso ??[/color:de5e438f48]

agracias por responder

saludos
 
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lobozac
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