07/Jul/05 15:09
Re: que saben hacerca de esta regla 3.30.2. RM2005
[quote:9db4228d2f="david27"]Para los efectos del artículo 136-Bis de la Ley del ISR, los contribuyentes del régimen intermedio a que se refiere la Sección II del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, que obtengan sus ingresos en Entidades Federativas que hayan suscrito el Anexo 7 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, enterarán mensualmente dicho pago a través de los medios electrónicos y procedimientos establecidos en los Capítulos 2.14. o 2.15. de la presente Resolución, según corresponda.
Para los efectos de esta regla, el pago se efectuará por la totalidad del ISR que corresponda en términos del Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del ISR, sin hacer la separación del pago a que se refieren los dos primeros párrafos del artículo 136-Bis de la citada Ley.
? SIGNIFICA QUE TODO EL IMPUESTO LO VOY A PAGAR A LA ENTIDAD FEDERATIVA?
QUE OPINAN USTEDES[/quote:9db4228d2f]
3.30.2. Para los efectos del artículo 136-Bis de la Ley del ISR, los contribuyentes del régimen intermedio a que se refiere la Sección II del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, que obtengan sus ingresos en Entidades Federativas que hayan suscrito el Anexo 7 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, enterarán mensualmente dicho pago a través de los medios electrónicos y procedimientos establecidos en los Capítulos 2.14. o 2.15. de la presente Resolución, según corresponda.
Para los efectos de esta regla, el pago se efectuará por la totalidad del ISR que corresponda en términos del Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del ISR, [color=red:9db4228d2f]sin hacer la separación del pago a que se refieren los dos primeros párrafos del artículo 136-Bis de la citada Ley[/b:9db4228d2f][/color:9db4228d2f].
Los contribuyentes que perciban ingresos a que se refiere el artículo 136-Bis de la Ley del ISR en [color=red:9db4228d2f][b:9db4228d2f]Aguascalientes, Baja California, Colima, Chiapas, Chihuahua, Distrito Federal, Guanajuato, Jalisco, Querétaro, Tabasco, Quintana Roo y Zacatecas[/b:9db4228d2f][/color:9db4228d2f], realizarán sus pagos a que se refiere dicho precepto en las oficinas autorizadas por las citadas entidades federativas, a través de las formas oficiales que éstas publiquen, mismas que deberán contener como mínimo la información que se establece en el Anexo 1, rubro F, numeral 1 de la presente Resolución.
Y LOS DOS PRIMEROS PARRAFOS...........HABLAN DEL 127
ENTONCES TODO EL 30 % DE ISR SE IRA A LOS ESTADOS........PERO TENDREMOS QUE ESTAR MONITOREANDO LAS SECRETARIAS DE FINANZAS PARA VER CUANDO LO HECHAN A ANDAR...........CONSIDERO QUE EN TANTO CUANTO NO SE TENGA LOS FORMATOS LISTOS SE PODRA SEGUIR [color=red:9db4228d2f][b:9db4228d2f]CUMPLIENTO Y ENTERANDO [/color:9db4228d2f]COMO SE VENIA HACIENDO
ESPEREMOS OTRAS OPINIONES
SALUDOS
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'