Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
06/Jul/05 10:44
Monedero/tarjetas Consumo de combustible

:oops: En virtud de la disposición fiscal que por prórroga entrará en vigor el 1º de Septiembre, que menciona que para ser deducible los pagos por consumo de combustible estos deberán hacerse con cheque nominativo, tarjeta de crédito, de débito, servicio, monedero electrónico, o tarjetas electrónicas inteligentes.
He preguntado en la SHCP cómo tramitar el monedero electrónico y no saben. ¿Alguno de ustedes ya cuenta con el o con una tarjeta electrónica inteligente? Les pido de favor me indiquen (costo, comisiones, restricciones, etc) para así poder tener otra opción, ya que pòr ejemplo, los vales de gasolina te cobran "X" porcentaje en base al consumo que tengas. :oops: [/b]
 
Perfil

KIT
Soldado

Mensajes: 18
Ingresó: Julio 15, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
06/Jul/05 11:05

De hecho existen varias instituciones bancarias que te ofrecen el servicio de monedero electronico... la que se me viene a la mente en este momento es la de INBURSA/Cinepolis. Tiene las ventajas de una tarjeta de debito (comprar en casi cualquier establecimiento, no gastar mas de lo que existe en la cuenta) y unicamente cobran una anualidad. Jaja y lo mas comodo es que la puedes tramitar en una ida al cine.
 
Perfil

jescamilla
Soldado

Mensajes: 7
Ingresó: Enero 25, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
06/Jul/05 11:06
Re: Monedero/tarjetas Consumo de combustible

Después de innumerables obtáculos de todo tipo, por fin algunos bancos han iniciado la tarea de abrir una modalidad de pago largamente anunciada: el monedero electrónico.

Con una tecnología aparentemente sencillamde chip, ya conocida por la mayoría de la gente por su uso en las tarjetas telefónicas, se pretende establecer una forma de prepago bancario. El mecanismo, que difiere de las tarjetas de débito en tanto éstas utilizan una cuenta corriente, asegura al comerciante, que el usuario que le presenta esa tarjeta, cuenta con una cantidad de dinero que previamente a pagado al banco, y que le servirá para liquidar la mercancía o el servicio que adquiera.

Resulta ser cierto que los obstáculos que hablamos al principio, se derivaban en dos vertientes: una primera relativa a la necesidad de terminales electrónicas en los puntos de venta; y una segunda, que implica el costo de las comisiones que deberían de cobrarse al comerciante por usar el servicio. Estas situaciones ya han sido superadas con convenios con comerciantes y prestadores de servicios que ya disponen de esta tecnología y que han aceptado el descuento de un porcentaje a cambio de una transferencia inmediata de la venta realizada, a sus cuentas bancarias.

Con todo, hay que aclarar desde nuestro punto de vista que existe un vacío legal respecto al uso de estos monederos electrónicos, pues resulta ser cierto que no son propiamente cuentas corrientes, pues si bien pueden ser recargables, no existe un número de cuenta en la que el usuario pueda depositar cheques u otros instrumentos de pagos como transferencias electrónicas; tampoco son cheques de viajero, pues en caso de extravío no pueden ser repuestos, además de que no existe una firma autografa que valide el instrumento como se exige en la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito. En el fondo, la naturaleza jurídica de este instrumento muy novedoso, es mas bien asimilable a un cheque de caja con cargo a un banco determinado, aunque si bien es cierto tampoco cuenta con una firma que lo respalde.

En todo caso, si bien es cierto que en virtud de ser transacciones privadas, la existencia de los convenios firmados entre los usuarios de este nuevo servicio, los bancos y los comerciantes o prestadores de servicio, puede ser suficiente para garantizar la legalidad de las transacciones, como ocurre actualmente con los famosos NIP´s que sustituyen a la firma autografa en el uso de cajeros automáticos, también es verdad que se requiere de una legislación más adecuada que prevenga el uso de estos instrumentos para darle mayores garantías a los usuarios sobre este mecanismo de pago, que seguramente con el paso de los años, será un buen sustituto del dinero en efectivo.

En efecto, los actuales billetes de banco tienen serias deficiencias como el deterioro por su uso que los obliga a renovarse cada cierto tiempo; la adopción de medidas de seguridad para prevenir falsificaciones; la obligación del comerciante o prestador de servicios a contar con efectivo de diversa denominación, que además de ser poco práctico, implica un aumento en el riesgo de ser asaltado y despojado de fuertes cantidades de efectivo; su tamaño y volumen que hace que una gran cantidad de dinero tenga que ser transportada en equipajes grandes, etc.

Es cierto, falta perfeccionar detalles como un marco jurídico que regule perfectamente su uso y sancione su uso indebido de la misma manera que se sanciona a los falsificadores de billetes, por ejemplo. El monedero electrónico representa con todo, un avance de lo que nos espera en el próximo milenio.


¿Qué es Monedero Electrónico?

Es una característica adicional de la Credencial Inteligente, en el anverso de tu credencial, se encuentra un microprocesador recargable - CHIP - que te ofrece la posibilidad de ser utilizado como monedero electrónico.


Con este monedero electrónico ya no tendrás que traer "cambio" contigo para realizar consumos por montos pequeños y podrás administrar adecuadamente tus recursos ya que podrás cargar en tu monedero electrónico los recursos suficientes para tus gastos diarios.

Este monedero te permite el pago de servicios en establecimientos afiliados a VISA-CASH, además te permite disponer de efectivo en ventanilla de las Sucursales designadas hasta por el monto total existente en el Chip.

Para "cargar" -depositar- y "descargar" -retirar- dinero de tu monedero deberás acudir Sucursales Designadas.

En caso de pérdida o robo de tu Credencial Inteligente, es importante recordarte que el dinero que se encuentre cargado en tu monedero electrónico al momento de la pérdida NO podrás recuperarlo ya que es como perder dinero en efectivo.

¿Cómo puedo contratar un monedero electrónico?
Para obtener un monedero electrónico debes realizar el trámite correspondiente en una sucursal bancaria, para la obtención de tu Credencial Inteligente y de manera automática tendrás un monedero electrónico que podrás utilizar de inmediato.

¿Cómo puedo depositar dinero en mi monedero electrónico?
El depósito de dinero al monedero electrónico se le conoce como "carga" y se realiza de manera directa en las Sucursales Designadas sólo deberás presentar en ventanilla tu Credencial Inteligente y entregar al cajero el monto a depositar, se llevará a cabo la carga y se te entregará un comprobante por la operación realizada.

¿Dónde puedo pagar con mi monedero electrónico?
Podrás pagar en la cafetería de tu Institución, en el centro de fotocopiado y en la papelería, sin necesidad de que portes efectivo. –siempre y cuando los comercios de tu Institución estén afiliados a VISA CASH-

¿Cómo puedo disponer de mi dinero?.
Si requieres efectivo podrás obtenerlo directamente en las Sucursales Designadas (bancos).
 
Toñita "La sabiduría se encuentra en quién menos se espera, por eso estoy atenta,quiero aprender y crecer, el maestro puede llegar hoy"
 
Perfil

toñita
Subteniente

Mensajes: 175
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1