Hola a todos compañeros espero y me puedan ayudar.
Una persona fisica que percibe ingresos por sueldos y salarios, va a prestar sus servicios como asimilable en otra empresa al mismo tiempo.
Mi pregunta seria ¿ Tendria que incribir a este trabajador en el RFC, tomando en cuenta que la empresa lo inscribio el año pasado y tiene su constancia o bien unicamente tendria que hacer un aumento de obligaciones?
Mira asi lo veo yo, y compañeros corrijanme si estoy mal......
Yo pienso que no hay necesidad de dar de alta obligaciones, por
que al ultimo el que entera las retenciones de asimilables es el
patron, lo unico seria que a la hr de la declaracion anual tendrias
que considerar los dos ingresos
Saludos
de acuerdo con alberto05, tendria que hacer un aumento de obligaciones por asimilables a sueldos y salarios
Saludos, Mayem
Hay personas que hacen de este mundo un lugar maravilloso tan sólo por estar en él, y ustedes amigos foristas de Fiscalia son de esas personas, Gracias por ser como son!!!! Mayem :)
Yo opino que si procede el aumento de obligaciones ya que hay que tomar en cuenta que para que alguien tribute en asimilados es por que previamente tiene una actividad profesional (honorarios y/o comisionista).
EL UNICO HOMBRE QUE NO SE EQUIVOCA ES EL QUE NUNCA HACE NADA.
Pero si al inscribirlos en el rfc tambien incluye como asimilados a salarios
se siguio el mismo procedimiento y en la r2 es la misma opcion sueldo y salarios yo dogo que no hay necesidad