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29/Jun/05 18:13
Gasolina y Tarjeta de Credito

Para el caso de una empresa es posibe hacer los pagos con tarjeta de credito personal para que sea deducible?

Al parecer en la redaccion del articulo de la ley no se menciona que deba ser trajeta de credito, de debito o de servicios de la Empresa ni tampoco lo hace con los Monederos Electronicos. Sin embargo en el caso de los cheques si menciona debe ser cheque nominativo del contribuyente.

Alguna interpretacion legal y la intencionalidad de la redaccion?

Tratándose del consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, el pago deberá efectuarse mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, a través de los monederos electrónicos a que se refiere el párrafo anterior, aun cuando dichos consumos no excedan el monto de $2,000.00.

Como siempre existen las dos opiniones, a favor y en contra solo que como siempre estamos buscando que es lo que busca la ley y obviamente lo mas facil es ser mas papistas que el papa y buscan curarse en salud con el argumento que "debe ser tarjeta de credito/debito/servicios de la empresa"
 
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Casey
Cabo

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29/Jun/05 18:34
Re: Gasolina y Tarjeta de Credito

La TC debe estar a nombre de la empresa. La opcion si no tienen o no quieren tarjeta de credito corporativa o empresarial es comprar vales de gasolina, pagando mediante cheque nominativo
 
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enrique_garay
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