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28/Jun/05 14:13
AYUDA PORFIS ¿?¿?¿?¿

En el mes de Enero 2005 se pago iva, en el mes de febrero 2005 se pago iva, en el mes de marzo resulto a favor, Abril se compenso el saldo de marzo.

MECANICA ( Datos Supuestos )

Enero 800
Febrero 300
Marzo 0.00 ( El resultado nos arrojo saldo a Favor) Aviso a el SAT
Marzo -200 ( saldo a Favor ) Portal bancario
Abril 600 Portal Bancario
-200 Portal Bancario Art 6 LIVA
pagar 400 Portal Bancario


NOTA Por consiguiente no se presento aviso por el motivo que resulto iva a cargo

Un supervisor externo hizo el comentario que posiblemente se tiene que presentar el aviso de compensacion.

Mi procedimiento fue correcto ????
 
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Mozart
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28/Jun/05 14:18
Re: AYUDA PORFIS ¿?¿?¿?¿

Si los saldos o impuestos a que te refieres son de IVA (tanto a cargo como a favor), no procede compensacion si no acreditamiento.

Es decir, solo puedes compensar saldos a favor de IVA contra otros impuestos, mas no contra el mismo IVA a cargo (seria acreditamiento) y como hemos comentado antes, debes llevar el control de dicho saldo a favor en papeles de trabajo.
 
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BR1
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28/Jun/05 14:18
Re: AYUDA PORFIS ¿?¿?¿?¿

Si fue el correcto ,si estas acreeditando saldo a favor del mes anterior no estas compensando. si no estas anotando en la declaracion compensacion $ 400.00

solo en hojas de trabajo dismunuyes tu saldo a favor.

Pero si en la declaracion pones iva a cargo $ 600.00

Compensacion IVA $ 400.00

Saldo a pagar $ 200.00

Si estas compensado y debes presentar el aviso de compensacion.

Saludos
 
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mir100
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28/Jun/05 14:19
Re: AYUDA PORFIS ¿?¿?¿?¿

hola:

Atendiendo a tu cuestionamiento, yo hubiera preferido hacer el acreditamiento del saldo a favor de marzo hasta por el monto del saldo a favor, ya que la compensacion tendras que meter el aviso (F-41), presentar el diskette con la relacion de los proveedores que hayan representado por lo menos el 80% de tus operaciones, y si tu pregunta en concreto es si tienes que presentar el aviso, esto es correcto y los demas requisitos que te menciones.

C.P. Cesar Martinez
 
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cpcezar
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28/Jun/05 14:20
Re: AYUDA PORFIS ¿?¿?¿?¿

Efectivamente son saldos a favor de iva del mismo ejercicio pero en el portal bancario unicamente se encuentra la parte de compensacion. En esa parte me encuentro confundido.
 
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Mozart
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28/Jun/05 14:21
Re: AYUDA PORFIS ¿?¿?¿?¿

hola:

El comentario del colega BR1 esta equivocado si puedes compensar IVA vs IVA segun los criterios del SAT checalo por favor.


C.P. Cesar Martinez
 
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cpcezar
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28/Jun/05 14:24
Re: AYUDA PORFIS ¿?¿?¿?¿

Hola:

Como comentas te confundiste y al ver ahi la opcion de compensacion pusiste la cantidad de $ 400.00 Al hacer eso efectivamente estas compensado y debes presentar el aviso de compensacion.

Para la otra solo disminuye en tu hoja de trabajo el saldo a favor y seria asi:


Hoja de trabajo

IVA a cargo $ 600.00

Saldo a favor 400.00

Saldo a pagar 200.00


En la declaracion:

IVA a cargo $ 200.00


Espero me hayas entendido.
 
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mir100
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28/Jun/05 14:26

Ok. Ok al parecer me confundi , que puedo hacer para arreglar la declaracion ya que efectivamente se trata de un acreeditamiento.
 
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Mozart
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28/Jun/05 14:26
Re: AYUDA PORFIS ¿?¿?¿?¿

[quote="Mozart"]En el mes de Enero 2005 se pago iva, en el mes de febrero 2005 se pago iva, en el mes de marzo resulto a favor, Abril se compenso el saldo de marzo.

MECANICA ( Datos Supuestos )

Enero 800
Febrero 300


Marzo 0.00 ( El resultado [color=red]nos arrojo saldo a Favor[/b:37e00a7175][/color:37e00a7175]) Aviso a el SAT ...............[color=blue:37e00a7175][b:37e00a7175]POR VENTANILLA BANCARIA??????[/b:37e00a7175][/color:37e00a7175].........................SI TE ARROJO SALDO A FAVOR COMO MENCIONAS , DEBISTE PRESENTAR EN EL BANCO EN HOJA DE AYUDA O PORTAL BANCARIO SI MANEJAS CUENTA


Marzo -200 ( saldo a Favor ) Portal bancario
Abril 600 Portal Bancario
-200 Portal Bancario Art 6 LIVA
pagar 400 Portal Bancario


NOTA Por consiguiente [color=red:37e00a7175][b:37e00a7175]no se presento aviso[/b:37e00a7175][/color:37e00a7175] ............CUAL AVISO ????????

por el motivo que resulto iva a cargo

Un [color=red:37e00a7175][b:37e00a7175]supervisor externo [/b:37e00a7175][/color:37e00a7175]hizo el comentario que [color=red:37e00a7175][b:37e00a7175]posiblemente [/b:37e00a7175][/color:37e00a7175]se tiene que presentar el aviso de compensacion.

[color=red:37e00a7175][b:37e00a7175]Mi procedimiento fue correcto ????[/[/b:37e00a7175][/color:37e00a7175]quote].............[color=blue:37e00a7175][b:37e00a7175]SOLO QUE VERIFIQUES LO QUE TE MENCIONO [/color:37e00a7175]



Y OJO............CON ESO DE LA COMPENSACION, ...........COMO QUE SE NOS ESTA OLVIDANDO LA FIGURA DE ACREDITACION
 
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lobozac
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28/Jun/05 14:36
Re: AYUDA PORFIS ¿?¿?¿?¿

[quote:7e23c77b0e="cpcezar"]hola:

El comentario del colega BR1 esta equivocado si puedes compensar IVA vs IVA segun los criterios del SAT checalo por favor.


C.P. Cesar Martinez[/quote:7e23c77b0e]



Criterio 81/2001/IVA Compensación de IVA


El saldo a favor del impuesto al valor agregado de un [color=red:7e23c77b0e]ejercicio posterior [/b:7e23c77b0e][/color:7e23c77b0e]podrá compensarse contra el adeudo a cargo del contribuyente por el mismo impuesto correspondiente a [color=red:7e23c77b0e][b:7e23c77b0e]ejercicios anteriores[/b:7e23c77b0e][/color:7e23c77b0e], con sus respectivos actualización y recargos, de conformidad con el artículo 23, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, puesto que se trata de saldos a favor y a cargo que derivan de una misma contribución.


EFECTIVAMENTE ESTRICTAMENTE SI APLICAS ESTO BR1 ........"SE EQUIVOCÓ"



PERO SI [color=red:7e23c77b0e][b:7e23c77b0e]ANALIZAS Y RAZONAS [/color:7e23c77b0e]CON CUIDADO LA PREGUNTA INICIAL..............SE ME HACE QUE EL QUE SE EQUIVOCA ERES TU...........SIN QUE TE SIENTAS OFENDIDO...........Y SIN QUE DEFIENDA AL COMPAÑERO.................SOLO ESTOY ACLARANDO


AHORA BIEN ..............TE SIGIERO QUE CUANDO VAYAS A UTILIZAR ESTA FIGURA DE COMPENSACION...................LE BUSQUES LOS CAndados que le coloco el sat y veras con lo que encuentras

HASTA PRONTO
 
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lobozac
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