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28/Jun/05 12:52
Fundamento vta. vehiculo...

Buen dia jovenes,

Una pregunta,.,.. alguien tiene a la mano el fundamento de por que una persona moral (s.c.), le factura a las personas fisicas la venta de un vehiculo (activo fijo), sin desglose de IVA.

GRacias de antemano... lo voy buscando , pero si alguien me auxilia mejor.
 
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valyva
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28/Jun/05 12:56
Re: Fundamento vta. vehiculo...

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gerardoba
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28/Jun/05 12:57

RLIVA Art. 20. Enajenación de autos y camiones usados

Para los efectos del artículo 8o. de la Ley, para calcular el impuesto tratándose de la enajenación de automóviles y camiones usados, adquiridos de personas físicas que no trasladen en forma expresa y por separado el impuesto, se considerará como valor el determinado conforme al artículo 12 de la Ley, al que podrá restársele el costo de adquisición del bien de que se trate, sin incluir los gastos que se originen con motivo de la reparación o mejoras realizadas en los mismos. El impuesto que haya sido trasladado por dichas reparaciones o mejoras será acreditable en los términos y con los requisitos que establece el artículo 4o. de la Ley.

Requisitos del adquirente

El contribuyente al adquirir los automóviles y camiones usados deberá cumplir con los siguientes requisitos:


Efectuar el pago correspondiente mediante cheque nominativo.

Conservar copia de la factura y demás documentos en los que conste el nombre, domicilio y. en su caso, el registro federal de contribuyentes del enajenante, la marca, tipo, año modelo, el número de motor y el de serie de la carrocería, del vehículo.
 
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gortega
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28/Jun/05 13:00
Re: Fundamento vta. vehiculo...

gracias por la respuesta y la rapidez g ortega!
 
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valyva
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28/Jun/05 13:18

De nada "valyva" espero que sea lo que necesites.Todos necesitamos apoyo en algún momento
 
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gortega
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28/Jun/05 13:18

Aclaracion, la pregunta original dice que cual es el fundamento para que una persona moral no desgloce el iva a una persona fisica y el art.8 del RIVA habla de cuando una persona fisica enajena el auto usado y este no traslada el iva es por ello la serie de requisitos que amarran la compra a la ausencia de la factura que debio expedirte.
Ahora en relacion a la pregunta original es que no hay fundamento para que no desgloces el iva tu como persona moral en la venta a la persona fisica a reserva de que esta ultima no fuera contribuyente solo asi no lo desglosarias y tu precio final debera incluirlo y tu ala vez enterarlo .
Ahora si alguien tiene el fundamento que justifique que la venta esta exenta de iva pues que nos lo haga saber y de este modo estar enterados.
 
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huvigo
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28/Jun/05 13:21
Re: Fundamento vta. vehiculo...

Art 9 Fraccion IV
 
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gerardoba
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28/Jun/05 13:28

El articulo 20 del Reglamento de la Ley del IVA aplica al caso de que enajenes de vehiculo adquiridos de Persona Fisica que no traslade el IVA, puede aplicariar a los Lotes de P.M. de autos Usados.

Por otra parte La Ley del IVA es clara Grava Actos o Actividades y solamente el Articulo 9(2004) de la Ley nos indica que no se pagara el IVA en IV, en la Enajenación de Bienes muebles usados, exepto los enajenados por "Empresas", el articulo 16 del C.F.F. nos define a empresa como la P.F. o PM que realice las Actividades del Articulo 16 del C.F.F.
 
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ovillareal
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28/Jun/05 13:45

Efectivamente el articulo 9 habla de la excencion pero como el compañero de arriba lo menciona exepto los enagenados por empresas y efectivamente el art.16 deCFF define a las empresa como una persoan fisica o moral dicho de otra forma la venta grava iva.
 
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huvigo
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28/Jun/05 18:10
Re: Fundamento vta. vehiculo...

ovillareal, solo me queda una duda, en este caso es una S.C. la que factura la venta de su activo fijo, pero esta no queda comprendida dentro de ninguna de las actividades que menciona el art, 16 del CFF, su giro es completamente de servicios.

Con esto ya no tengo la obligacion de desglosar el IVA ?

gracias por sus respuestas a todos.
 
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valyva
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