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28/Jun/05 11:56
¿PAGO EN DEC. ANUAL?

HOLA COMPAÑEROS, OJALA ME PUDIERAN AUXILIAR CON ESTA PEQUELÑA DUDA

HASTA DONDE YO SÉ EN LA DECLARACION ANUAL, [u:3d8b887082]NO[/u:3d8b887082] NOS DEBE DAR IMPUESTO A PAGAR, PERO, [color=red:3d8b887082][/color:3d8b887082]¿CUAL ES EL FUNDAMENTO?

[color=black:3d8b887082][/color:3d8b887082] SUCEDE QUE EL CONTADOR DE UN CONTRIBUYENTE NUNCA HIZO PAGOS PROV Y OBVIAMENTE EN LA ANUAL LE DIO A PAGAR, YO LE DIJE, QUE LO CORRECTO ES PRESENTAR COMPLEMENTARIAS DE PAGOS PROV Y SOLICITAR DEV POR PAGO DE LO INDEBIDO EN LA ANUAL ¿CIERTO? :?
 
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Cabo

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28/Jun/05 12:15
Re: ¿PAGO EN DEC. ANUAL?

De que impuesto?
 
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gerardoba
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28/Jun/05 12:18
Re: ¿PAGO EN DEC. ANUAL?

En el supuesto del I.S.R., recordemos que los pagos provisionales se determinan

[color=darkred:fb579d9f80]Ingresos Nominales * Coeficiente de utilidad = Utilidad Fiscal - Amortización de pérdidas= Base* Tasa I.S.R. = IMPUESTO[/color:fb579d9f80]

Y para la determinación del Impeusto Anual

[color=darkred:fb579d9f80]Ingresos - Deducciones Autorizadas= Utilidad - Amortización de pérdidas - Pagos Provisionales= IMPUESTO ANUAL[/color:fb579d9f80]

Lo comento por que nos indicas a que impuesto te refieres

En el caso de I.V.A. efectivamente son pagos provisionales definitivos y no debe existir impuesto a cargo

Espero haberte ayudado
 
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barbaragarc
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28/Jun/05 12:20
Re: ¿PAGO EN DEC. ANUAL?

:oops:
Correción, en la determinación del Impuesto anual también se aplica la tasa de I.S.R. 30%
 
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barbaragarc
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28/Jun/05 12:24
Re: ¿PAGO EN DEC. ANUAL?

[quote:a709355774="counter"] HOLA COMPAÑEROS, OJALA ME PUDIERAN AUXILIAR CON ESTA PEQUELÑA DUDA

HASTA DONDE YO SÉ EN LA DECLARACION ANUAL, [u:a709355774]NO[/u:a709355774] NOS DEBE DAR IMPUESTO A PAGAR, PERO, [color=red:a709355774][/color:a709355774]¿CUAL ES EL FUNDAMENTO?

[color=black:a709355774][/color:a709355774] SUCEDE QUE EL CONTADOR DE UN CONTRIBUYENTE NUNCA HIZO PAGOS PROV Y OBVIAMENTE EN LA ANUAL LE DIO A PAGAR, YO LE DIJE, QUE LO CORRECTO ES PRESENTAR COMPLEMENTARIAS DE PAGOS PROV Y SOLICITAR DEV POR PAGO DE LO INDEBIDO EN LA ANUAL ¿CIERTO? :? [/quote:a709355774]

Me parece que te refieres a ISR PF, si es así, es correcto, ya que deben hacerse pagos provisionales y en el mes de diciembre (acumulado) sería como la anual pero sin tomar en cuenta deducciones personales, que si las hay resultaría saldo a favor.

Y tienes razón, lo correcto es presentar complementarias de provisionales, u otra opción es pagar en la anual la actualización y recargos correspondientes a esas complementarias, ésto no se encuentra en Ley, pero al resarcir el daño pagando los accesorios de no haber pagado a tiempo no te genera ningún problema.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
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28/Jun/05 12:29
Re: ¿PAGO EN DEC. ANUAL?

[quote:5b7e5df8ff="counter"] HOLA COMPAÑEROS, OJALA ME PUDIERAN AUXILIAR CON ESTA PEQUELÑA DUDA

HASTA DONDE YO SÉ EN LA DECLARACION ANUAL, [u:5b7e5df8ff]NO[/u:5b7e5df8ff] NOS DEBE DAR IMPUESTO A PAGAR, PERO, [color=red:5b7e5df8ff][/color:5b7e5df8ff]¿CUAL ES EL FUNDAMENTO?

[color=black:5b7e5df8ff][/color:5b7e5df8ff] SUCEDE QUE EL CONTADOR DE UN CONTRIBUYENTE NUNCA HIZO PAGOS PROV Y OBVIAMENTE EN LA ANUAL LE DIO A PAGAR, YO LE DIJE, QUE LO CORRECTO ES PRESENTAR COMPLEMENTARIAS DE PAGOS PROV Y SOLICITAR DEV POR PAGO DE LO INDEBIDO EN LA ANUAL ¿CIERTO? :? [/quote:5b7e5df8ff]

Hola:

Supongo que te refieres a ISR de Personas Físicas, porque en el caso de personas morales puede salir saldo a cargo o a favor, ya que los pagos provisionales se hacen aplicando un coeficiente de utilidad y en la declaración anual si se aplican ya las deducciones.

En el caso de personas fisicas, cuando vas acumulando los ingresos y deducciones mes a mes, también se aplican las tarifas acumuladas, por lo que practicamente la tarifa acumulada a Diciembre es la tarifa que se aplica en la declaración anual, quizá con algunas diferencias de centavos, por lo que en tú declaración anual no debe de salirte impuesto a pagar.

No obstante lo anterior si en la anual aplicaste deducciones personales, si te puede salir saldo a favor.


Que tengas buen día.

Saludos
 
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toñita
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28/Jun/05 12:30
Re: ¿PAGO EN DEC. ANUAL?

En efecto mi comentario, se enfoco a un contribuyente PM y no PF, siendo así como lo expuso el compañero Edgar en el caso de I.S.R. no se tendría impuesto a cargo, y si se deben de presentar complementarias
 
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barbaragarc
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28/Jun/05 12:35
Re: ¿PAGO EN DEC. ANUAL?

es I.S.R. de PF, sólo queria confirmar que yo tenía la razón por que es algo que en la práctica se usa pero no sabia el fundamento legal, les agradezco sus respuestas
 
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Cabo

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