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27/Jun/05 16:46
Deducibiliad de automoviles adquiridos a PF

Espero me puedan ayudar.

Una persona moral puede hacer deducible un automovil adquirido a una persona fisica? y que no tiene manera de facturar este automovil, sino que simplemente cedera los derechos de la factura.

Saludos
 
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Alejonuga
Soldado

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27/Jun/05 17:03

hace algunos dias yo puse este topico y las respuestas que obtuve me parcen correctas y que se pueden sustentar legalmente , edgarecs me decia que, Primero debes realizar un contrato de compra venta donde estipules entre otras cosas el precio de venta del auto, mejor si da fé un notario, luego y que la PF endose la factura a la PM y el valor de venta es lo que vas a tomar como valor del activo y vas a deducir al 25% anual (Art 40 LISR), sin tener la posibilidad de acreditar IVA.
 
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rcepeda
Cabo

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