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23/Jun/05 18:11
RECIBOS SOCIEDAD CIVIL (DESPACHO)

TENGO UNA EMPRESA DONDE SE ESTAN PAGANDO RECIBOS DE SU CONTADOR CON FECHA DE 2004 EN 2005, PODRIAN AYUDARME A ENCONTRAR EL FUNDAMENTO DONDE SE PERMITE QUE SEAN DEDUCIBLES SIN REVASAR LOS 4 MESES DE PLAZO O SI ME PUEDEN AYUDAR CON ALGUN COMENTARIO O EXPERIENCIA GRACIAS.

P.D. AUN PROVISIONADOS EN 2004 SON NO DEDUCIBLES SI REVASO LOS 4 MESES.
GRACIAS ES DE GRAN AYUDA TODO COMENTARIO
 
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Leonardo28
Soldado

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23/Jun/05 18:52
Re: RECIBOS SOCIEDAD CIVIL (DESPACHO)

Yo te recomendaria que cancelaras tus provisiones y le regresaras sus originales al Despacho y pedirle que te haga sus recibos con fecha actual, la verdad de las cosas es que seguramente lo va hacer ya que el interesado en cobrar es el Despacho y te quitas de problemas fiscales.

Saludos...
 

 
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phernandez
Soldado

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23/Jun/05 19:48
Re: RECIBOS SOCIEDAD CIVIL (DESPACHO)

Si los provisionastes en el ejercicio 2004, y los hiciste deducibles porque estimabas liquidarlo en el siguiente ejercicio, no revasando los 4 meses y no los liquidaste, tienes un problema de deducibilidad, en mi opinion tienes que hacer una declaración anual complementaria, para corregirte, y solicitar al despacho q te cambien los recibos, para hacerlos deducibles en este ejercicio..
bye
 
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copico
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24/Jun/05 9:48

Yo haria lo que dice phernandez.

Copico en 2004 no puedieron ser deducibles, porque no estaban efectivamente erogados.
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
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24/Jun/05 10:08

Estoy de acuerdo tienes que cancelarlos y pedir que te expidan nuevos con fecha de 2005.

Art. 31, fracción XIX, primer párrafo.
Además, la fecha de expedición de la documentación comprobatoria de un gasto deducible deberá corresponder al ejercicio por el que se efectúa la deducción.
 
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lalomp77
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24/Jun/05 11:17
Re: RECIBOS SOCIEDAD CIVIL (DESPACHO)

art 31 fracc IX LISR ART 39 RISR
 

 
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defiscon
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