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22/Jun/05 16:40
BENEFICIARIOS DE ASEGURADO

PUEDE UNA PERSONA FISICA ,DAR DE ALTA A SUS ESPOSA (QUE REALMENTE SI TRABAJA EN LA EMPRESA) Y POSTERIORMENTE LA PF PUEDE APARECER COMO BENEFICIARIODE SU ESPOSA Y COMO PATRON :x
 
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cpgaar
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22/Jun/05 17:02
Re: BENEFICIARIOS DE ASEGURADO

El Art. 84 en su Fracc. III segundo parrafo establece ese derecho, claro que con la salvedad de que: "...siempre que hubiera dependido economicamente de la asegurada...."

Espero te sirva la información.
 
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla' http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm SALUDOS
 
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jjfarias
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22/Jun/05 18:43
Re: BENEFICIARIOS DE ASEGURADO

GRACIAS POR CONTESTAR

EN ESTE CASO EL BENEFICIARIO (PATRON )NO DEPENDERIA ECONOMICAMENTE DEL ASEGURADO, POR LO QUE BAJO ESE ARGUMENTO NO PUEDE SER BENEFICIARIO DE SU ESPOSA

SALUDOS
 
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cpgaar
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22/Jun/05 21:24

:| Buenas noches. Ímagino que hablas en terminos del seguro social... No se puede, en el momento en que el movimiento sea detectado, el "beneficiario" será dado de baja y ¡cuidado! porque al ser patron se le irán encima con toda la metralla posible... El ametrallador Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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