Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
21/Jun/05 15:43
GASTOS POR ARRENDAMIENTO DE ACTIVO

HOLA A TODOS

RENTAMOS LA MAQUINARIA A UNA EMPRESA Y TENEMOS QUE DARLE MANTENIMIENTO COMO PUEDO HACER DEDUCIBLE ESE MANTENIMIENTO YA QUE LA AUNTORIDAD ME DICE QUE NO LO PUEDO HACER DEDUCIBLE YA QUE NO ES MIO.

CUAL SERIA EL FUNDAMENTO LEGAL

GRACIAS
 
Perfil

framova
Cabo

Mensajes: 43
Ingresó: Diciembre 07, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Jun/05 15:50
Re: GASTOS POR ARRENDAMIENTO DE ACTIVO

Mientras esta estipulado en alguna cláusula del contrato que el mantenimiento corre a cargo del arrendador no veo problema.

Yo laboré en una empresa que se dictaminaba en la cual sucedió eso mismo pero con un inmueble, y nunca hubo ningún incoveniente.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
Perfil

edgarecs
Teniente Coronel

Mensajes: 1808
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Jun/05 16:01
Re: GASTOS POR ARRENDAMIENTO DE ACTIVO

Para mi lo mas sencillo seria darle el mantenimiento, que la empresa que de el mantenimiento facture a la empresa que les arrenda el equipo y luego esta misma empresa que arrenda el equipo les facture a ustedes con descripcion como servicios adicionales a la maquinaria X o ya sabes, alguna descripcion que se te ocurra. Pero es cierto que si existe algun contrato de por medio y en el mismo se estipula que el arrendamiento correpo por cuenta y gasto de ustedes, los gastos relacionados con el mismo si son deducibles para tu empresa.
 
Perfil

enrique_garay
Sargento Segundo

Mensajes: 78
Ingresó: Junio 16, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Jun/05 16:24

Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:
I. [color=red:f89ef10ab5][size=18:f89ef10ab5]Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente[/size:f89ef10ab5][/color:f89ef10ab5], salvo que se trate de donativos no onerosos ni remunerativos, que satisfagan los requisitos previstos en esta Ley y en las reglas generales que para el efecto establezca el Servicio de AdministraciónTributaria y que se otorguen en los siguientes casos:......

......................................
en mi opinion es todo lo que necesitas para considerar deducible tu gasto.

saludos!
 
aprende a perdonar, pues la vida es muy corta y, no vale la pena vivir con el corazon amargado, mas bien haz las paces con aquella persona que quieres y que ahora esta alejada de ti.tu vida cambiara y viviras mas plenamente.saludos!
 
Perfil

LEALQUIQUE
Capitán Primero

Mensajes: 699
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Jun/05 16:28
Re: GASTOS POR ARRENDAMIENTO DE ACTIVO

Aunque considero no está por demás formalizar por medio de un contrato lo mencionado.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
Perfil

edgarecs
Teniente Coronel

Mensajes: 1808
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Jun/05 16:33

casi seguro que no lo contemplan como deduccion al no ver contrato de arrendamiento de este tipo donde se estipulo lo que te comentan, ellos no son adivinos y vivimos en un pais donde papelito bien formalizado habla.
 
[img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/147.gif[/img:86c38361d9][img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/199.gif[/img:86c38361d9][img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/209.gif[/img:86c38361d9]
 
Perfil

cesar_lc
Capitán Primero

Mensajes: 807
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1