Hola a todos,
un cliente (persona física actividad empresarial) va a traspasar su negocio de restaurante a su esposa, para que sea regimen intermedio. La pregunta es qué se debe hacer para realizar el movimiento.
Es decir hay que elaborar lista de muebles?....un contrato?...de qué forma debe ser el pago del traspaso? ó se puede no pagar?..
Si alguien tiene algunas sugerencias, se los agradecería enormemente
El artículo 2344 del Código Civil Federal establece:
Si el valor de los muebles excede de doscientos pesos, pero no de cinco mil, la donación debe hacerse por escrito.
[color=red:a97048dc7f]Si excede de cinco mil pesos, la donación se reducirá a escritura pública.[/color:a97048dc7f]
No se en realidad, que tan factible sea la donacion, pero porque no presentar la suspension de actividades del esposo y una Inscripcion en el RFC de la esposa en Regimen Intermedio o Pequeño Contribuyente, los muebles y todo el equipo, que entre como aportacion de capital y punto.
Salu2
Gracias a ti por brindarme la oportunidad de servirte.
De antemano gracias por sus comentarios.
Bueno, de echo se pensó en suspender actividades e inscribir a la esposa por dos razones.
1. Para bajar de régimen (actualmente esta en Act Empresarial)
2. Porque tienen 3 años que tienen revisiones por parte de Hacienda ( el esposo es extranjero)
Pero el detalle es que no tienen dinero para traspasar, y lo que se quiere es hacer las cosas bien desde el principio.