Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
21/Jun/05 12:27
ayuda¡¡

cual es la parte exenta een el caso de pago de indemnizaciones???
 
Perfil

momita
Soldado

Mensajes: 9
Ingresó: Febrero 26, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Jun/05 12:35
Re: ayuda¡¡

ART 109 LISR

X. Los que obtengan las personas que han estado sujetas a una relación laboral en el momento de su separación, por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos[/b:babe938e46], así como los obtenidos con cargo a la subcuenta del seguro de retiro o a la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y los que obtengan los trabajadores al servicio del Estado con cargo a la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro, prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, hasta por el equivalente a [b:babe938e46]noventa veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente por cada año de servicio[/b:babe938e46] o de contribución en el caso de la subcuenta del seguro de retiro, de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez o de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro. Los años de servicio serán los que se hubieran considerado para el cálculo de los conceptos mencionados. [b:babe938e46]Toda fracción de más de seis meses se considerará un año completo. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título.
 
"Milli Vanilli"
 
Perfil

candelario
Capitán Segundo

Mensajes: 396
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Jun/05 12:35
Re: ayuda¡¡

Hasta el equivalente a 90 veces el salario mínimo general de la zona por cada año de servicios, Artículo 109 Fracción X LISR
 
Perfil

rojas
Cabo

Mensajes: 43
Ingresó: Julio 07, 2008
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Jun/05 12:35
Re: ayuda¡¡

ARTICULO 109. NO SE PAGARA EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR LA OBTENCION DE LOS SIGUIENTES INGRESOS:

X. LOS QUE OBTENGAN LAS PERSONAS QUE HAN ESTADO SUJETAS A UNA RELACION LABORAL EN EL MOMENTO DE SU SEPARACION, POR CONCEPTO DE PRIMAS DE ANTIGÜEDAD, RETIRO E INDEMNIZACIONES U OTROS PAGOS, ASI COMO LOS OBTENIDOS CON CARGO A LA SUBCUENTA DEL SEGURO DE RETIRO O A LA SUBCUENTA DE RETIRO, CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ, PREVISTAS EN LA LEY DEL SEGURO SOCIAL Y LOS QUE OBTENGAN LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO CON CARGO A LA CUENTA INDIVIDUAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO, PREVISTA EN LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, HASTA POR EL EQUIVALENTE A NOVENTA VECES EL SALARIO MINIMO GENERAL DEL AREA GEOGRAFICA DEL CONTRIBUYENTE POR CADA AÑO DE SERVICIO O DE CONTRIBUCION EN EL CASO DE LA SUBCUENTA DEL SEGURO DE RETIRO, DE LA SUBCUENTA DE RETIRO, CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ O DE LA CUENTA INDIVIDUAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO. LOS AÑOS DE SERVICIO SERAN LOS QUE SE HUBIERAN CONSIDERADO PARA EL CALCULO DE LOS CONCEPTOS MENCIONADOS. TODA FRACCION DE MAS DE SEIS MESES SE CONSIDERARA UN AÑO COMPLETO. POR EL EXCEDENTE SE PAGARA EL IMPUESTO EN LOS TERMINOS DE ESTE TITULO.


Saludos.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
Perfil

edgarecs
Teniente Coronel

Mensajes: 1808
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Jun/05 13:29
Re: ayuda¡¡

muchas gracias a todos ¡¡¡¡


:)
 
Perfil

momita
Soldado

Mensajes: 9
Ingresó: Febrero 26, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1