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20/Jun/05 19:47
duda (s)

Tengo unas dudas alguin me puede decir porqie para efectos del ajuste anual por inflacion no se consideran anticipos a proveedores? ah tengo otra duda envie una declaracion pf con isr a favor x internet pero la declaracion no esta firmada tengo que meter una complementaria?


gracias x los comentarios......
 
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bjrsilva
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20/Jun/05 19:52
Re: duda (s)

con relación a la declaración por internet no lleva firma o a que te refieres?
 
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cpdan
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20/Jun/05 20:03
Re: duda (s)

[quote:da11e25935="bjrsilva"]Tengo unas dudas alguin me puede decir porqie para efectos del ajuste anual por inflacion no se consideran anticipos a proveedores?


[color=red:da11e25935]ah tengo otra duda envie una declaracion pf con isr a favor x internet pero la declaracion no esta firmada tengo que meter una complementaria?.............[/b:da11e25935][/color:da11e25935][color=blue:da11e25935][b:da11e25935]HASTA DONDE SE, NO EXISTEN LAS DECLARACIONES "FIRMADAS" POR INTERNET.......TU FIRMA ES LA CLAVE CIEC O FEA Y EL RFC PARA AUTENTIFICAR AL USUARIO[/color:da11e25935]


gracias x los comentarios......[/quote:da11e25935]
 
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lobozac
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20/Jun/05 20:26
Re: duda (s)

me refiero a que no esta firmada por el contribuyente pero entonces es suficiente con la clave ciec y el rfc no?
 
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bjrsilva
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20/Jun/05 20:28
Re: duda (s)

gracias por los comentarios.......
 
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bjrsilva
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20/Jun/05 20:29

ASI ES, LA "CADENA ORIGINAL Y EL SELLO DIGITAL SON SUFICIENTES"
 
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lobozac
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20/Jun/05 20:36

segun art 47 LISR:
[i:eb76999fd5]Para los efectos del artículo anterior, se considerará crédito, el derecho que tiene una persona acreedora a recibir de otra deudora una cantidad en numerario, entre otros: los derechos de crédito que adquieran las empresas de factoraje financiero, las inversiones en acciones de sociedades de inversión en instrumentos de deuda y las operaciones financieras derivadas señaladas en la fracción IX del artículo 22 de esta Ley.[/i:eb76999fd5]

..................
en mi opinion, cuando tu entregas un anticipo a tu proovedor, este se compromete a entregarte mercancia, no dinero, por lo que no considero que deba entrar en el calculo.
saludos!
 
aprende a perdonar, pues la vida es muy corta y, no vale la pena vivir con el corazon amargado, mas bien haz las paces con aquella persona que quieres y que ahora esta alejada de ti.tu vida cambiara y viviras mas plenamente.saludos!
 
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LEALQUIQUE
Capitán Primero

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