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17/Jun/05 22:14
LIQUIDACIO DE PERSONAL "EMPRESA COORDINADA"

COLEGAS
TENGO UNA DUDA
EXISTE EMPRESAS COORDINADAS
QUE SUCEDE CUANDO POR CAUSA DE FUERZA MAYOR UNA DE LAS EMPRESAS INTEGRANTES DECIDE TRASNFERIR TODOS SUS BIENES A OTRA EMPRESA DENTRO DEL MISMO GRUPO Y ENTRE ELLOS INCLUYEN AL PERSONAL, ES DECIR, POR EJEMPLO.
COORDINADORA DE TRANSPORTE S.A. (NOMBRE SUPUESTO DEL GRUPO)
TRANSPORTES DE LA COSTA, SA. (EMPRESA QUE DESAPARECE, EN ESE MERCADO, PERO SIGUE EXISTIENDO EN OTRAS RUTAS)
TRANSPORTES DEL CENTRO, S.A. (EMPRESA QUE YA EXISTE Y AMPLIA SU MERCADO CON LOS BIENES QUE LE ENTREGA TRANSPORTES DE LA COSTA, S.A.)
ES OBLIGACION DE LA EMPRESA LIQUIDAR A SU PERSONAL "INCLUYENDO CONDUCTORES, ADMINISTRATIVOS"
O PUEDE SOLO TRANSFERIRLOS DE UNA EMPRESA A OTRA DICIENDOLES QUE NO PIERDEN LA ANTIGUEDAD Y CONSERVAN SU EMPLEO, O ES OBLIGACION PRIMERO LIQUIDAR A SU PERSONAL DE ESE MERCADO Y DESPUES QUE EL PERSONAL A SU ELECCION ELIJA LO QUE MEJOR LE CONVENGA¨¨

EN SU CASO
SI PROCEDIERA LA LIQUIDACION
COMO LIQUIDARIA LA EMPRESA
TODOS LOS TRABAJADORES TIENEN CONTRATO POR TIEMPO INDETERMINADO, LA MAYORIA TIENE MENOS DE UN AÑO DENTRO DE LA EMPRESA, PERO EXISTEN LOS JEFES QUE TIENEN ANTIGUEDAD DE 5 AÑOS O MAS'

ESPERO PUEDAN APOYARME CON ESTE CASO
MUCHO AGRADECERE SUS VALIOSAS RESPUESTAS

SU COLEGA
CP. TOMAS VASQUEZ TORRES
 
¡¡¡¡HAGAMOS TODO BIEN Y A LA PRIMERA¡¡¡¡
 
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CPTOMMY
Sargento Segundo

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17/Jun/05 22:56
Re: LIQUIDACIO DE PERSONAL "EMPRESA COORDINADA"

Buenas noches:
En este caso procedería manejar la figura de sustitución patronal la cual se encuentra regulada en el artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo y en el artículo 290 de la Ley del Seguro Social.

SUSTITUCION PATRONAL. CASO EN QUE SE CONFIGURA. La sustitución patronal opera cuando se transmite total, o parcialmente la entidad jurídica económica que dio origen a la relación laboral y si se continúa explotando el trabajo que se realizaba para el patrón original. En consecuencia, si el comprador adquirió en su totalidad una negociación o unidad económica, propiedad de una persona moral y la siguió explotando, resulta claro que para los efectos de las normas del trabajo y de la sustitución patronal, no era necesario que hubiese adquirido en su totalidad a la persona moral, sino que bastaba para ello, que se hubiese apropiado en su totalidad de la sucursal o de la empresa respectiva, en la que se generó la relación de trabajo. TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO
Amparo directo 60/91. Mercedes Zamora López de Torija. 22 de marzo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta. Secretario: José de Jesús Echegaray Cabrera.

Fuente: Semanario Judicial de la Federación. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Parte : VII-Junio. Página: 444


Espero que sea de utilidad esta información.
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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18/Jun/05 21:46

ok
gracias
entonces no es necesario la liquidacion al personal-+
 
¡¡¡¡HAGAMOS TODO BIEN Y A LA PRIMERA¡¡¡¡
 
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CPTOMMY
Sargento Segundo

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18/Jun/05 22:26
Re: LIQUIDACIO DE PERSONAL "EMPRESA COORDINADA"

Buena noche:
AVISO DE SUSTITUCIÓN PATRONAL


Se hace del conocimiento de los trabajadores del “Instituto X A. C.”, que con fecha 1º. de agosto de 2005 se realizó la sustitución patronal por :


En consecuencia, y para los efectos legales a que haya lugar, con esta fecha se notifica que el “Instituto “Y” S. C.” se constituye como “Patrón Sustituto” de todos los trabajadores de “Instituto “X” A. C.” que se detallan a continuación, señalando como domicilio el ubicado en: xxxxxxxxxxxxxxxxx.

María .......Pablo.....Jesús......


Por lo anterior, a partir de esta fecha el “Patrón Sustituto” absorbe legal y en forma expresa la responsabilidad del cumplimiento de los contratos de trabajo celebrados con los trabajadores del “Patrón Sustituido”, relevándolo en todas las obligaciones laborales que se deriven de dichos contratos como son: puestos, horarios, salarios, jornadas de trabajo y demás condiciones en ellos contenidas, en términos del artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo, de modo que la relación laboral existente continúa sin alteración alguna.


En la ciudad de xxxxxxxxxx, xxxxxxxxx a 1º. de agosto de 2005



Patrón Sustituido Patrón Sustituto





xxxxxxxx xxxxxxxxx
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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22/Jun/05 20:52

ok
gracias por el apoyo importante
 
¡¡¡¡HAGAMOS TODO BIEN Y A LA PRIMERA¡¡¡¡
 
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CPTOMMY
Sargento Segundo

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22/Jun/05 21:37
Re: LIQUIDACIO DE PERSONAL "EMPRESA COORDINADA"

Hola colega tienes alguna informacion de liquidacion de sociedades que me puedas proporcionar


Atentamente.
C.P. JOSE ALFREDO ( MORELIA,MICH.) SALUDOS
 
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alfgaitan
Soldado

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