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16/Jun/05 17:52
retencion por renta de sillas

Soy persona moral y he rentado unas sillas para un evento, segun la ley de IVA estoy obligado a retener pero el proveedor una persona fisica me dice que no. Cual es su opinion, les agradezco de antemano.
 
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cpvicent
Soldado

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16/Jun/05 17:56
Re: retencion por renta de sillas

TIENES LA OBLIGACION DE RETENERLE.
 
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Mar_cos
Sargento Segundo

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16/Jun/05 18:01
Re: retencion por renta de sillas

SI TIENES QUE RETENERLE
FUNDAMENTO

ART.1-A DE LIVA
Artículo 1o.-A.- Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

I. Sean instituciones de crédito que adquieran bienes mediante dación en pago o adjudicación judicial o fiduciaria.

II. Sean personas morales que:

a) Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas físicas, respectivamente.

ART.19 DE LIVA
Artículo 19.- Para los efectos de esta Ley se entiende por uso o goce temporal de bienes, el arrendamiento, el usufructo y cualquier otro acto, independientemente de la forma jurídica que al efecto se utilice, por el que una persona permita a otra usar o gozar temporalmente bienes tangibles, a cambio de una contraprestación.

ESPERO HABERTE AYUDADO
 
**ES MI MAS HUMILDE OPINION** ------------------------------------ L.C. RUIZ **Si ganas el éxito, disfrútalo. Si te toca la derrota, afróntala**
 
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lcruizuscanga
Coronel

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