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10/Jun/05 20:32
METI EXTEMP. UNAS MOD. DE SAL. EL IMSS TOMA LA FECHA DE PRES

Hola a todos tengo un pequeño problema metí un cambio de salario el día 26 de mayo con 26 días de posterioridad pues son salarios variables, pero con fecha retroactiva es decir que el mov. Aplica desde el primero de mayo y el mov. lo presente hasta el 26,en sus hojas de liquidación el IMSS me pone que el cambio aplica desde el día 26, pues fueron cambios de salario a la baja, el Art. 54 del Reglamento de Afiliación Clasificación etc, etc, dice que cuando sean descendentes los cambios el IMSS tomara la fecha en la que se presento y si fuese al revés la fecha que indica el patrón nada tontos no?, Ahora no me queda otra voy a meter los cambios hasta el 26 de mayo, mi duda es aun así puede haber multa, y si hay posibilidades de que me multen si es asi y alguien ya paso por esto, les agradecere mucho me pasen su recurso, Y LOS MÁS IMPORTANTE SI ALGUIEN ME PUEDE DAR SU OPINIÓN Y CONSIDERA QUE LO QUE VOT A HACER ESTA MAL MUCHO LES AGRADECERE SUS COMENTARIOS.
saludos
 
'Lo que decimos nos aprisiona mucho más que lo que hacemos, o lo que callamos'
 
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edgarivanp
Capitán Segundo

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11/Jun/05 7:06
Re: METI EXTEMP. UNAS MOD. DE SAL. EL IMSS TOMA LA FECHA DE

Si son salarios a la baja y ya se te pasó el plázo para su presentación, envíalos como máximo con 5 días hábiles posteriores a la fecha de presentación ya que de otra forma te los tomarán como ya te diste cuenta.

Si son presentados espontáneamente no hay multa a lo mucho te pedirán un escrito en donde manifiestes que no te han requerido.

Saludos.
 
Joel.
 
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JOELMORA
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11/Jun/05 9:37

Ademas:

Captura los movimientos en el Sua como se te indican, es decir vas a pagar del 01 de mayo con el salario alto y a partir del 26 de Mayo con el salario bajo.

Al pagar de esta forma no debes tener problemas.
 
[color=black:5d36c7ecef][size=16:5d36c7ecef]JC@rlos[/size:5d36c7ecef][/color:5d36c7ecef] [color=grey:5d36c7ecef]El mayor conocimiento que existe, es conocerse a sí mismo[/color:5d36c7ecef]
 
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jcarlos923
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11/Jun/05 11:36

no debe hacer multa, ya que fue expontaneo, y no lo detectó la autoridad, lo que si vas a hacer es pagar como ya lo cometarón, esta medida abliga al patrón a presentar los movimientos en tiempo y forma, así que si no lo hacen van a pagar más de lo que debierán, y como dices tu "nada tontos"
 
«Antes que cambien los reinos, los hombres deberán cambiar» ═╬═
 
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ByPaco
Teniente Coronel

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11/Jun/05 12:24

:| Buenos dias. Fundamento: Art. 54 del reglamento de la LSS
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
General de Brigada

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