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10/Jun/05 12:23

No eres tu el que debe de fundamentarles sino ellos, no te dejes demuestra con tus recibos de nomina lo que les pagas a tus trabajadores, ellos no deben de hacer eso, no hay fundamneto legal para ello. El imss tiene ahorita una campaña de recaudacion donde segun justifican que los trabajadores no pueden vivir con un salario menor a $ 80.00 diarios, pero no por ello te lo pueden aumentar.
 
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heliza
Soldado

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10/Jun/05 13:09

Riggo:

Sobre este tema te encontraras varios topicos que han habido anteriormente, del cual te reenvío textualmente una de las opiniones que hice en su momento, así como la dirección de la misma.

http://www.fiscalia.com/postp56737.html&highlight=#56737

Ese es el problema que actualmente tienen las autoridades y que se ha estado manifestando de acuerdo a que varias empresas tienen registrados a los trabajadores con dos salarios minimos.

Ver el topico que presente adjunto

http://www.fiscalia.com/posts10199-0.html

También hago referencia el artículo 28 LSS

Que a la letra dice:

ARTICULO 28. Los asegurados se inscribirán con el salario base decotización que perciban en el momento de su afiliación, estableciéndose como límite superior el equivalente a veinticinco veces el salario mínimo general que rija en el Distrito Federal y como Límite inferior el salario mínimo general del área geográfica respectiva.

Además en el artículo 9 LSS en parrafo primero

Dice:
"Las disposiciones fiscales de esta ley establecen cargas a los particulares y las que señalan excepciones en las mismas,..."

Aqui con esto se refiere a que se le dara el tratamiento de acuerdo a los ingresos, tamaño y proporciones del Patrón.

Ejemplo:

Persona fisica Contratista:

No tiene los Ingresos que una empresa Moral Contratista.

Por lo tanto los Sueldos pueden variar entre ambos aun siendo del mismo giro.

JleeGlz
 
'Si he llegado a ver más lejos que otros, es porque me subí a hombros de gigantes ' Sir ISAAC NEWTON
 
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jleeglz
Capitán Primero

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10/Jun/05 17:11

Paga las cuotas con los salarios que tu tienes registrados y si porteriormente te llegan liquidaciones por diferencias las aclaras y si aún así el IMSS no acepta (que es lo mas probable) el patrón debe ejercer su derecho ya sea vía recurso de inconformidad o juicio de nulidad.

El IMSS no es autoridad en materia laboral para determinar si un salario es o no remunerados (como lo establece la LFT)

Saludos
 
ACE,S.C.
 
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edgaruribe
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11/Jun/05 11:57

:| Buenos dias. Las hojas verdes o el CD es una propuesta de liquidacion, NO es un acto definitivo. Usted pague su Sua con sus SBC's que haya Ud enviado al Imss. NO deberia llegarle nunca una cedula de diferencias... El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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14/Jun/05 12:46

Si en estos días el imss no esta permitiendo dar de alta o reingreso a los trabajadores con un salario menor de 88.10 es decir dos veces el salario mínimo sin importar que con anterioridad hay una tabla de sueldos profesionales que estipulan un sueldo justificandose que estan comparando empresas con el mismo giro pero con diferencias en sueldos a sus empleados.
 
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ral
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14/Jun/05 13:31

Como te comentan, haz caso omiso total al EMA o EBA, paga de acuerdo a tus salarios y no debes tener problema alguno.

Salu2
 
Gracias a ti por brindarme la oportunidad de servirte.
 
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AGARCOP
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14/Jun/05 20:08

[quote:411a8a6a44="ral"]Si en estos días el imss no esta permitiendo dar de alta o reingreso a los trabajadores con un salario menor de 88.10 es decir dos veces el salario mínimo sin importar que con anterioridad hay una tabla de sueldos profesionales que estipulan un sueldo justificandose que estan comparando empresas con el mismo giro pero con diferencias en sueldos a sus empleados.[/quote:411a8a6a44]
:? Buenas tardes. No les haga caso y Ud exija que le reciban sus altas con el salario que UD determina, no el que ellos quieren. El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
General de Brigada

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15/Jun/05 10:51

El IMSS no está facultado para tal acción
 
«Antes que cambien los reinos, los hombres deberán cambiar» ═╬═
 
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ByPaco
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