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08/Jun/05 18:48
mulltas

hola buenas tardes
el dia de ayer recibi a unos ejecutores de SHCP, los cuales se presentaron para cobrar 2 multas por concepto de no presentar declaraciones provisionales del mes de agosto del año 2004, cabe aclarar que me pase del tiempo para pagar las multas. ahora mi pregunta es, las multas llegan directas, es decir no antes debe de existir una notificacion para presentar la declaracion y posteriormente la multa, ahora bien si presento las declaraciones en cero las de agosto, puedo librarme de pagar la multa de la declaracion de septiembre, tomando en cuenta que mi situacion fiscal no cambio sigue en cero. es por eso que como ya se presento la de agosto ya no presente la de septiembre . hechando para atras la multa del mismo mes.

gracias.

como puedo defenderme de estas multas. gracias.
 
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MILOIR1
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09/Jun/05 9:48
Re: mulltas

[quote:e840963109="MILOIR1"]hola buenas tardes
el dia de ayer recibi a unos ejecutores de SHCP, los cuales se presentaron para [color=red:e840963109]cobrar 2 multas[/b:e840963109][/color:e840963109] ????????????.....LOS EJECUTORES NO COBRAN MULTAS, EMBARGAN EN UN MOMENTO DADO......LAS MULTAS LAS PAGAS A TRAVES DE UN FORMULARIO.........NO LES SUELTES DINERO A PERSONA ALGUNA HAZLO A TRAVES DEL BANCO


por concepto de no presentar declaraciones provisionales del mes de agosto del año 2004, cabe aclarar que [color=red:e840963109][b:e840963109]me pase del tiempo para pagar las multas. [/b:e840963109][/color:e840963109].......SON PROCEDENTES MAS ACTUALIZACIONES Y RECARGOS, SI ASI FUERA EL SUPUESTO


ahora mi pregunta es, [color=red:e840963109][b:e840963109]las multas llegan directas, es decir no antes debe de existir una notificacion para presentar la declaracion y posteriormente la multa, [/b:e840963109][/color:e840963109]......DEBE EXISTIR LA FORMALIDAD Y SOLEMNIDAD DEL PROCEDIMIENTO.......PERO QUE TANTO A ALGUNOS EJECUTORES COMO A ALGUNOS PARTICULARES NOS VALGA M......Y HAGAMOS LAS COSAS A LO...........ESO ES OTRA COSA

[color=green:e840963109][b:e840963109]ahora bien si presento las declaraciones en cero las de agosto, puedo librarme de pagar la multa de la declaracion de septiembre[/b:e840963109][/color:e840963109], .......NO , PORQUE YA ESTAS "BAJO EL REQUERIMIENTO" ART 81 CFF


[color=blue:e840963109][b:e840963109]tomando en cuenta que mi situacion fiscal no cambio sigue en cero. es por eso que como ya se presento la de agosto [/b:e840963109][/color:e840963109] PRESENTASTE ANTES O DESPUES DEL REQUERIMIENTO ?????????............AQUI ESTA LA CLAVE DE TODO.....QUE PROCEDA PAGAR O NO PAGAR


[color=red:e840963109][b:e840963109]ya no presente la de septiembre[/b:e840963109][/color:e840963109]. SI YA NO CAMBIO LA SITUACION, ESTAS EN LO CORRECTO, SI SE TRATA DE ISR.............Y NO TE DEBERAN MULTAR POR SEPTIEMBRE

hechando para atras la multa del mismo mes.

gracias.

[color=red:e840963109][b:e840963109]como puedo defenderme de estas multas. gracias.[/quote:e840963109][/color:e840963109]............ASI COMO LA PLANTEAS VEO DIFICIL QUE TE PUEDAS DEFENDER DE LAS MULTAS...................SI "YA ESTAN EN FIRME".........MEJOR TRATA DE OBTENER LOS DESCUENTOS DEL 70-75 DEL CFF, SI ASI FUERA PROCEDENTE



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lobozac
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09/Jun/05 9:53
Re: mulltas

Debio haber llegado el requerimiento primero, es mas en el texto de la multa debe decir en que fecha se notifico, pero ya estan en firme
 
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cpdan
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09/Jun/05 13:40
Re: mulltas

[quote:b95d5f309c="MILOIR1"]hola buenas tardes
el dia de ayer recibi a unos ejecutores de SHCP, los cuales se presentaron para cobrar 2 multas por concepto de no presentar declaraciones provisionales del mes de agosto del año 2004, cabe aclarar que me pase del tiempo para pagar las multas. ahora mi pregunta es, las multas llegan directas, [u:b95d5f309c]es decir no antes debe de existir una notificacion para presentar la declaracion y posteriormente la multa, ahora bien si presento las declaraciones en cero las de agosto, puedo librarme de pagar la multa de la declaracion de septiembre, tomando en cuenta que mi situacion fiscal no cambio sigue en cero. es por eso que como ya se presento la de agosto ya no presente la de septiembre . hechando para atras la multa del mismo mes.[/u:b95d5f309c]

gracias.

como puedo defenderme de estas multas. gracias.[/quote:b95d5f309c]

Primero que nada la AUtoridad tiene que allegarse de los elementos necesarios para comprobar que no cumpliste con alguna obligación, la manera o el procedimiento lo establece el Art. 41 del CFF fracc. III.

Si en tu caso. no te llego requerimiento, es obvio que la todo el procedimiento desde su inicio hasta la emisión del crédito esta viciado, por lo que si puedes defenderte, tienes las posibilidades de obtener una resolución favorable.

Los medios de defensa son los que establece el CFF en su art. 117 y el art. 207.
 
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09/Jun/05 13:57

Aun y cuando hayan trascurrido los 45 das despues de notificada, se puede impugnar, para esto primeramente debes atacar la notificación de la multa, señalando que hasta el dia que la impugnas te haces conocedor de dicha resolución, alegando cualquier vicio, (falta de acta en su notificación, ausencia de la hora de notificación, que se notifica por correo, etc), una notificación ilegal es como una ausencia de ella.
 
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REYNOSA
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09/Jun/05 13:59

Aun y cuando hayan trascurrido los 45 das despues de notificada, se puede impugnar, para esto primeramente debes atacar la notificación de la multa, señalando que hasta el dia que la impugnas te haces conocedor de dicha resolución, alegando cualquier vicio, (falta de acta en su notificación, ausencia de la hora de notificación, que se notifica por correo, etc), una notificación ilegal es como una ausencia de ella.
 
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REYNOSA
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