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Tópico: DyP de mas de Un millon de pesos anuales
LCMiguelLopez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2012 22:48:58 Asunto: Re: DyP de mas de Un millon de pesos anuales
Asi es Armando, como te lo comenta ngm, deben de aceptarlo en ventanilla bancaria. Aqui el problema esta en que la mayoria de los bancos en cuanto a su personal de ventanilla no recibe la capacitacion apropiada respecto de los cambios fiscales y los medios de pago de impuestos. Yo trabaje en uno y se rechazaban los pagos o, en su defecto, decian que no habia sistema, principalmente a los pagos de 5% de ISR a la entidad federativa (Estado de México), que tambien se realiza bajo una linea de captura. Te recomiendo intentar por otro banco o, en su defecto, realizado por banca en linea, ya que no puedes pasarte el plazo establecido en tu formato de pago. Esto,en lo que se capacita al personal bancario en cuanto a la nueva dispocision y el uso de su sistema interno.
Tópico: Comprobante fiscal por pago de regalias?
LCMiguelLopez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 30, 2012 16:30:15 Asunto: Comprobante fiscal por pago de regalias?
Buenas tardes a todos, Tengo unas preguntas respecto al pago de regalías, Una empresa va a pagar regalías por concepto de derechos de autor (libros) y quiero saber 1.- Se puede hacer el pago similar al pago de asimilados, que la empresa realice la retención correspondiente a ISR y pague el impuesto y entregar la diferencia al autor. 2.- Si se pudiera realizar la opción arriba mencionada, que requisitos tendría que cubrir para poder realizarlo? 3.- La persona a la que se le efectuó la retención deberá pagar IETU? o puede estar exento? Ahora bien, que procedimiento y tasa debo aplicar... 1.- la de la fracción segunda del art 200 de la LISR? 2.- o aplicar el porcentaje del art 177 de la LISR como dice el art. 200 de la misma ley en uno de sus párrafos? Espero puedan apoyarme. De antemano gracias!
Tópico: ¿Pagos en parcialidades?
LCMiguelLopez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 02, 2012 22:09:04 Asunto: Re: ¿Pagos en parcialidades?
Buenas noches, referente a este tema, que requisitos debe reunir el recibo de pago por las parcialidades recibidas? ... y como se debe desglosar dicho comprobante? De ante mano agradezco su ayuda.
Tópico: Repecos en el DF
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 02, 2012 17:32:26 Asunto: Repecos en el DF
Buenas tardes a todos, Quiero saber como se maneja este Régimen Fiscal en el DF, vi un formato el cual hay que llenar para realizar los pagos de cuota bimestral, pero mi duda es por lo siguiente: En el Estado de México, realizas el registro en la Secretaria de Finanzas y se te entrega un talonario de todo el año en base a la estimación de tus ingresos mensuales para que realices el pago de tus cuotas, mientras que en el DF hay que llenar el formato conforme los datos obtenidos bimestralmente. Las preguntas que tengo es: 1.-¿tengo que registrarme aun así en la Secretaria de Finanzas? 2.-Este contribuyente quiere actualizarse y pagar sus cuotas, estaba registrado en el SAT con un domicilio distinto al que ahora tiene y va a realizar su cambio de domicilio, ¿este cambio tiene que informarlo a la secretaria de finanzas o con hacerlo en el SAT es suficiente? 3.-Esta persona va a tener trabajadores, quiere registrarse en el IMSS como patrón y registrar a sus trabajadores; pero, cuando he registrado a otros patrones piden que la cédula fiscal tenga el domicilio fiscal del comprobante de domicilio y esta persona tiene constancia, entonces, ¿como se demuestra que esta registrado en el domicilio que va a expresar ante el IMSS? Me imagino que muchos en el foro ya han llevado este procedimiento con algunos de sus clientes y espero puedan ayudarme. he llamado al numero de atención al contribuyente del DF y no me saben decir nada. Espero y agradezco sus comentarios al respecto.
Tópico: Contabilidad Persona Moral - Transporte de Pasajeros
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2012 17:52:35 Asunto: Contabilidad Persona Moral - Transporte de Pasajeros
Buenas tardes a todos en el foro, Tengo duda en relación a como se maneja contable y fiscalmente una empresa cuyo giro es el siguiente: TRASPORTE DE PASAJEROS URBANO Y SUBURBANO EN AUTOBUSES Yo pienso que los ingresos se realizan y registran de la manera en que lo hace un negocio que vende al publico en general, los boletos en este caso serian como las notas de venta de las cuales al final del día se realizaría una factura de ingresos cuyo importe amparará los ingresos por el boletaje. En relación a los gastos, pues manejarnos normalmente como se lleva la contabilidad de una empresa comercial por ejemplo. La verdad es que no había tenido la oportunidad de ver a una empresa de este giro, por lo que acudo con ustedes para que me orienten al respecto sobre que mas debo considerar o conocer sobre este ramo. De antemano mi agradecimiento a este foro y sus integrantes.
Tópico: Declaracion Anual Honorarios y Salarios
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 17, 2012 14:11:51 Asunto: Re: Declaracion Anual Honorarios y Salarios
Me ha quedado claro, gracias por su ayuda!
Tópico: Declaracion Anual Honorarios y Salarios
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 17, 2012 12:19:37 Asunto: Re: Declaracion Anual Honorarios y Salarios
De antemano gracias por su pronta respuesta. Aun tengo duda sobre lo siguiente ¿en este caso, el Saldo a Favor de ISR y el de IETU son los que efectivamente me harán la devolución o el de IETU lo tendre que tramitar aparte? Gracias nuevamente!
Tópico: Declaracion Anual Honorarios y Salarios
LCMiguelLopez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 17, 2012 11:27:41 Asunto: Declaracion Anual Honorarios y Salarios
Buen día, soy nuevo en este foro, generalmente leia las publicaciones y aclaraba mis dudas; sin embargo, tengo una duda concreta por ello la expongo para solicitar su ayuda al respecto. Estoy elaborando una declaración anual por Honorarios y Salarios y mis números quedan de la siguiente manera: ISR Ingresos por Salarios (Base) 389,719.00 + Ingresos por Servicios profesionales (base) 23,362.00 =Total ingreso acumulable 413,081.00 - Deducciones personales 34,501.00 = Base Gravable 378,580.00 ISR Anual 70,349.00 - Retenciones por sueldos 72,969.00 - Retencion por servicios a Persona Moral 1,700.00 [b]= ISR pagado en exceso 4,320.00[/b] Hasta aqui no tengo problema, el detalle esta en el IETU. Al capturar en el DeclaraSAT, al pasar al detalle del calculo me aparece una ventana que dice: 'De acuerdo con la informacion capturada hasta el momento, el monto de ISR PROPIO DEL EJERCICIO que podrá acreditar contra el IETU es de: 3,975.00 Para aplicar este monto presione SUGERIR. En caso de considerar un monto diferente, proceda a capturarlo en el siguiente campo (hay un campo debajo). Para salir presione continuar' Entonces, ¿si el ISR A FAVOR es de 4,320.00, porque me da una cantidad menor? Ahora los datos del IETU son los siguientes: IETU Base grabable 23,362.00 Impuesto causado 4,088.00 - ISR propio del ejercicio 3,975.00 (Cantidad sugerida por el DeclaraSAT, no se si sea lo correcto) = Impuesto a cargo 113.00 - Pagos provisionales de IETU 2,388.00 [b]IETU A FAVOR 2,275.00[/b] Resumiendo, mis dudas son las siguientes: 1.- ¿Porque si en mi calculo de ISR son 4,320.00 solo se pueden acreditar 3,975.00? 2.- ¿Porque si se pago 70,349.00 de ISR, en este caso con retenciones, solo puedo acreedirar 3,975.00 a IETU? ¿Es porque los ingresos por Salarios no aplican para IETU? Si esto es así, porque se puede acreditar mas de lo que tengo exclusivamente por la actividad de honorarios. El calculo normal solo por honorarios para ISR y IETU son de la siguiente manera a diciembre 2011: ISR Base 23,362.27 Impuesto a cargo 1,228.00 - Retenciones 1,700.00 = Impuesto a favor 472.00 (Esto se acreditaba con el pago de IETU) IETU Base 23,362.27 Impuesto a cargo 4,088.40 - ISR propio pagado 1,228.00 (con retenciones segun el calculo de ISR) = IETU a pagar 2,860.40 - Pagos provisionales 2,388.00 = IETU del Ejercicio 472.00 (Que es el saldo a favor del ISR arriba mencionado) 3.- Despues de su orientacion, en caso de que este bien lo que arriba en primera instancia les comento, entonces el saldo a favor en la declaracion anual (lo que se recibirá del SAT serán 4,320.00 + 2,275.00 = 6,595.00) Espero puedan orientarme y decirme, en caso de que este mal como corregirlo. De antemano gracias!

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