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Tópico: IVA INVERSIONES EN ACTIVIDADES EXENTAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 12, 2018 23:11:08 Asunto: IVA INVERSIONES EN ACTIVIDADES EXENTAS
Hola, Para un médico que tiene actividades exentas, el IVA acreditable se toma deduce como gasto. En el caso de inversiones ¿En qué momento se pondría como gasto? [b]EJEMPLO #1 [/b]Compro un carro por $175,000 + IVA Deducción mensual por depreciación $3,645.83 + IVA = $4,229.17 [b]EJEMPLO #2 [/b]Compro un carro por $175,000 + IVA Al momento de pago deduzco el IVA 'acreditable' = $28,000 Deducción mensual por depreciación $3,645.83 ¿Qué ejemplo sería el correcto? ¿Cuál sería el fundamento legal?
Tópico: EVITAR ACUMULACIÓN - GASTOS POR CUENTA DE TERCEROS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 19, 2018 23:57:28 Asunto: EVITAR ACUMULACIÓN - GASTOS POR CUENTA DE TERCEROS
Tenemos la siguiente situación: Para realizar un procedimiento quirúrgico se requiere una alianza entre médico y clínica, sin embargo estos no cuentan con una relación laboral (el médico es un profesional independiente con derecho de operar en la clínica). El paciente realiza el pago total (clínica y honorarios) en la caja de la clínica. La clínica entrega el correspondiente de honorarios al médico. Queremos evitar que el pago de honorarios realizado por el paciente se vea como un ingreso acumulable para la clínica al momento de que es pagado con tarjeta. Si lo tomamos como un ingreso, se debe de incluir el IVA al ser cobrado/facturado por una Sociedad Anónima. Al momento de que el médico realiza una factura a la clínica para cobrar sus honorarios, esta factura no lleva IVA por ser honorarios médicos a través de persona física. Esto causa una discrepancia: ingreso con IVA, egreso sin IVA. La solución propuesta es tomar el pago de honorarios como un 'Gasto por Cuenta de Terceros'. El tercero (la clínica) estaría realizando un gasto a nombre del contribuyente (el paciente) al momento de que paga los honorarios médicos al doctor. Este gasto sería reintegrado por el contribuyente (el paciente) al momento que paga en la caja de la clínica. El tercero (la clínica) obtendría una factura del médico (proveedor) a nombre del contribuyente (el paciente). La Regla 2.7.1.13 dice que [i]'El reintegro a las erogaciones realizadas por cuenta de terceros, deberá hacerse con cheque nominativo a favor del contribuyente que realizó el pago por cuenta del tercero o mediante traspasos a sus cuentas por instituciones de crédito[/i]'. Sin embargo, en algunos casos el reintegro sería a través del cobro con Tarjeta de Crédito o Débito ¿Sigue siendo válido el concepto de 'Pago por Cuenta de Terceros'? ¿Se sigue evitando la acumulación del ingreso para la clínica?

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