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Tópico: ARRENDAMIENTO PURO
oscarin

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 30, 2005 Asunto: Re: ARRENDAMIENTO PURO
Yo creo que se se pueden deducir los $250.00 diarios, ya que no existe compra (inversion) y por lo tanto no hay valor de adquisición.
Tópico: DEDUCCION DE GASTOS DE VIAJE
oscarin

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 21, 2004 Asunto:
Serán deducibles siempre y cuando se acompañe a la documentación que los ampare la documentación relativa al transporte. Art. 32 LISR F V CUARTO PARRAFO.
Tópico: Deducción de inversiones
oscarin

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2004 Asunto: Deducción de inversiones
Tengo duda con respecto a la deducción de inversiones de personas fisicas con régimen de arrendamiento, si la deducción de las inversiones que realiza son al 100% o se aplican porcentajes de deducción, porque según el artículo 142 de LISR en su fracción VI. dice que son deducibles las inversiones en construcciones, incluyendo adiciones y mejora, pero no condiciona a que estas sean en porcientos máximos. ¿Qué opinan?
Tópico: COMPENSACIONES UNIVERSALES
oscarin

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 14, 2004 Asunto: Re: COMPENSACIONES UNIVERSALES
Es decir que puedo compensar culaquier saldo a favor de impuestos federales, claro exepto de comercio exterior, contra cualquier impuesto federal? Y que pasa si mi saldo a favor es de la declaración anual del 2003, que se presentó en marzo del 2004, puedo compensar este saldo a favor aunque no lo haya determinado en julio del 2004? O solo son compensables aquellos saldos a favor que se hayan generado a partir del 1 de julio del 2004 en adelante?
Tópico: Error en declaracion de iva
oscarin

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 28, 2004 Asunto: Re: Error en declaracion de iva
Tienes que presentar una declaración complementaría con el saldo a favor en el portal del banco, al llenar los datos de tú declaración complementaria te van a pedir la cantidad pagada en la declaracióna anterior y luego entonces vas a tener un saldo a favor por pago de lo indebido, mismo que deberás soliciatar en dovulción, cumpliendo con todos los requisitos que para devoluciones de IVA pide el SAT.

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