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Autor | Mensaje |
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Tópico: Socio de una empresa puede rentarle a la empresa el local donde se ubica la empresa ? | |
lebagar Mensajes: 4 |
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Buenas tardes. Y si la empresa es RESICO aplica igual? O Habrá algún problema. Agradezco sus comentarios. | |
Tópico: Acumulación de deducciones PM RESICO | |
lebagar Mensajes: 3 |
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Hola. Estoy en el mismo caso, no se acumulan las deducciones anteriores. Creo que es falla del aplicativo o aún se sigue actualizando. | |
Tópico: EN DECALARACION ANUAL PERSONAS MORALES DISMINUCION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES | |
lebagar Mensajes: 5 |
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Las pérdidas las jala de la anual 2020. Hay un recuadro donde se capturaban las pérdidas pendientes de amortizar. | |
Tópico: las perdidas fiscales pendiente de aplicar PM RESICO | |
lebagar Mensajes: 2 |
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No, las puedes aplicar desde enero. Siempre y cuando el aplicativo te habilite la casilla. A mi me habilitó hasta que presenté la anual 2021 y en otra me dejó sin problema. SALUDOS | |
Tópico: Amortización de Pérdidas Fiscales RESICO PM | |
lebagar Mensajes: 9 |
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En la declaración de enero si amorticé pérdida, con lo cual no me arrojó impuesto a pagar. | |
Tópico: Amortización de Pérdidas Fiscales RESICO PM | |
lebagar Mensajes: 9 |
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No creo que tengas que presentar la 2021. En mi caso en el aplicativo RESICO no me aparecen, solo en el aplicativo Anual, pero si me permite amortizarlas y anteriormente no me dejaba amortizar nada. Creo que con que te permita amortizarlas. SALUDOS........................ | |
Tópico: Amortización de Pérdidas Fiscales RESICO PM | |
lebagar Mensajes: 9 |
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Hola, no no hice nada, solo aparecieron. Pregunta: Las tienes declaradas en anual 2020?. Creo que de ahí las jala porque aparecen como las cargué en anual 2020. SALUDOS..................... | |
Tópico: Amortización de Pérdidas Fiscales RESICO PM | |
lebagar Mensajes: 9 |
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Hola. Las pérdidas ya me las reconoció, creo que era cuestión de fallas en el aplicativo. Saludos.................................. | |
Tópico: IVA A PAGAR EN RESICO CONTRIBUYENTE DOCTOR | |
lebagar Mensajes: 3 |
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Creo que eso les arroja porque tienen seleccionada la obligación de IVA. | |
Tópico: DIM 2022 | |
lebagar Mensajes: 2 |
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Hola Lupita. El impuesto a cargo deberás retenerlo al trabajador y este deberá reflejarse en el recibo de nómina correspondiente como ISR retenido del Ejercicio anterior, el cual deberás enterarlo en este mes como ISR por Retenciones por Salarios seleccionando periodicidad del Ejercicio. |